JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

IBIRIS SERGIO DANIEL c/ COMUNA RURAL DE CEVIL REDONDO s/ COBROS

El actor reclamó el pago de $33.000 por trabajos de herrería y daños derivados de un supuesto contrato de locación de servicios con la Comuna Rural de Cevil Redondo. La Cámara desestimó la demanda por falta de prueba de la existencia del contrato y del cumplimiento de los requisitos formales de contratación administrativa exigidos por la ley 7.350, y absolvió a la Comuna.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
812/14
Contratacion publica Comuna rural Ley 7.350 Locacion de servicios Prueba Cheque al portador Falta de soporte contractual Cobro (ordinario) Costas $33.000.

¿Quién es el actor?

Sergio Daniel Ibiris.

¿A quién se demanda?

Comuna Rural de Cevil Redondo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de la suma de $33.000 y daños y perjuicios por incumplimiento contractual (trabajos de herrería y prestación de servicios en 2012).

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar a la demanda; absolver a la Comuna de la pretensión de pago de $33.000 y de los daños reclamados; costas a cargo del actor; reservar honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (textuales tal como constan en la sentencia):

"En el supuesto de autos, el actor alega que los servicios que fueron contratados por el Comisionado Comunal, lo fueron por una suma de $33.000. Según la norma transcripta, el monto reclama una contratación bajo licitación pública, y autorización previa y obligatoria del Ministerio del Interior, además de la autorización y aprobación del Comisionado Comunal.

Sin embargo, no se encuentra acreditado en autos que se haya dado cumplimiento a ninguno de los requisitos mencionados. En el marco de la normativa vigente, para la procedencia de la demanda instaurada resultaba imprescindible la demostración de la existencia de un contrato formal que refleje el cumplimiento de los extremos legales citados.

La actora no ha invocado ni acreditado la observancia de estas disposiciones, y tal circunstancia le impide reclamar con éxito, a posteriori, la ejecución de las obligaciones que hubieren podido surgir de un contrato que, de haber sido celebrado, no lo habría sido con las formalidades establecidas por el derecho administrativo local para su formación (in re “Ingeniería Omega S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires”, Corte Suprema de Justicia de la Nación, sentencia del 5/12/2000, Fallos Corte 323:3924)."

Otras citas textuales relevantes:

"En consecuencia, la falta de prueba suficiente de la causa de la obligación, es decir, de la existencia del contrato, como la de los procedimientos legales indispensables para la formación de la voluntad administrativa, imponen la desestimación de la pretensión de cobro de pesos contenida en la demanda, como así también la pretensión resarcitoria esgrimida como consecuencia del supuesto incumplimiento contractual enrostrado a la Comuna accionada."

"El título de crédito acompañado, se caracteriza por ser –entre otros- autónomo. Ello significa la independencia de que goza el derecho incorporado a ellos; es decir –en lo que aquí interesa- hay una abstracción objetiva, por la cual el instrumento prescinde de la causa del negocio que le dio origen. En virtud de esa particularidad, el cheque acompañado no resulta ser un instrumento idóneo para acreditar una relación contractual como la que se invoca en la demanda..."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Ebe López Piossek realizó el voto que contiene los fundamentos transcritos; la Dra. María Florencia Casas adhirió y votó en el mismo sentido. El acuerdo fue unánime (2 votos).

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.