MATEU, MIGUEL FERNANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajustes previsionales y exención de impuesto a las ganancias sobre retroactivos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó el recurso de ANSES por improcedente y ordenó mantener la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios en 30% de lo establecido en primera instancia.
¿Quién es el actor?
MATEU, MIGUEL FERNANDO.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reajustes varios de haberes jubilatorios (recomposición/retroactivos) y cuestionamiento de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre las sumas retroactivas; impugnación de la constitucionalidad de normas relativas a movilidad (art. 1 Ley 27.609) y de topes; discusión sobre ultraactividad del art. 32 de la Ley 24.241 frente a decretos y ley de emergencia.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravio; se impusieron las costas a la demandada vencida y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En lo que compete a la presunta ultraactividad otorgada al art. 32 de la ley 24.241, en desconocimiento de la situación de emergencia decretada, no le asiste razón al recurrente. Esta Cámara ya ha zanjado la discusión respecto a la constitucionalidad de los Decretos 163/2020, 692/2020, 899/2020, 495/2020 y 540/2020, a la vez que ordena aplicar la Ley Nº27.541..."
"Progresividad y no regresividad. El principio de progresividad no admite retrocesos que restrinjan derechos alcanzados, salvo que el Estado demuestre estrictamente que evaluó alternativas menos lesivas, que la medida busca proteger el conjunto de los DESC y que se adoptó con el máximo de los recursos disponibles. La mera alegación presupuestaria no satisface este estándar (Courtis, Ni un paso atrás; CSJN 'Arcuri', Fallos 332:2454; 'Q.C.', 24/04/2012)."
"Conclusión. La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente. Corresponde, pues, rechazar el agravio y mantener el criterio adoptado."
"En cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora... la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria... se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."
¿Cómo votaron los jueces?
no hubo disidencia; los Dres. Pizarro y Soneira adhirieron al voto del Dr. Pérez Curci, que integra la decisión mayoritaria.
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Leyes que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541Emergencia publica
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