ABBONDANDOLO MIGUEL ANGEL c/ GAGUINE ROBERTO MARTIN s/ DESALOJO
La parte demandada interpuso queja por denegatoria de casación en causa de desalojo. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán rechazó la queja por incumplimiento de los requisitos formales de la Acordada N° 1498/18 y confirmó la inadmisibilidad del recurso de casación por exceso de renglones.
¿Quién es el actor?
Abbondándolo Miguel Ángel (parte actora en el proceso de desalojo).
¿A quién se demanda?
Gaguine Roberto Martín (parte demandada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Expulsión/Desalojo (proceso principal: “s/ Desalojo”).
¿Qué se resolvió?
La Corte NO HACE LUGAR al recurso de queja por casación denegada interpuesto por la parte demandada; confirmó la denegatoria acordada por la Cámara por incumplimiento de la Acordada N° 1498/18 (exceso de renglones por página).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Cámara consideró que 'en el caso, no se cumple con la totalidad de los requisitos exigidos, toda vez que la presentación digital del demandado supera en reiteradas páginas (págs. 2, 3, 5, 6, 9, 13 y 15) el límite de 26 renglones establecido por la C.S.J.T., mediante acordada N° 1498/18. En igual sentido se expresó nuestro cimero Tribunal en las causas ‘Provincia de Tucumán vs. Rojas Julio César s/ Reivindicación’, sentencia N° 813 del 27/8/2021; ‘Muruaga Franco Alberto vs. Experta ART S.A. s/ Amparo’, sentencia N° 662 del 15/9/2020; y ‘Escobar Lilia Irene vs. Caja de Seguros S.A. (CSVSA) s/ Contratos (Sumario)’, sentencia N° 667 del 15/9/2020. Consideramos también, que en el caso no se presenta la excepción prevista en el apartado III) de la citada acordada para superar el déficit del recurso, esto es, cuando la cuestión debatida supone un serio riesgo para la vigencia de las garantías constitucionales y convencionales'."
"Se advierte que no se encuentran cumplidos los requisitos formales de presentación del recurso de casación -cuya denegatoria originó la presente queja- lo que sella la suerte adversa del presente recurso. Tal como señaló acertadamente la Cámara al denegar la concesión del recurso de casación, el recurso bajo análisis no cumple con los requisitos previstos en la Acordada N° 1498/18 ... El recurso de casación cuya denegatoria originó la presente queja supera la cantidad máxima de renglones permitida por la referida normativa, al contener más de veintiséis renglones por página, especificada en la reglamentación antes citada, sin que se advierta que la cuestión debatida suponga un serio riesgo para la vigencia de las garantías constitucionales y convencionales. Lo expuesto basta para concluir que el recurso entonces resulta inadmisible, de conformidad a lo dispuesto por el punto III de la Acordada N° 1498/18, tornando inoficioso el análisis del cumplimiento de los restantes requisitos de admisibilidad de la casación."
"NO HACER LUGAR al recurso de queja planteado por la parte demandada en los autos 'Abbondándolo Miguel Ángel vs. Gaguine Roberto Martín s/ desalojo'."
¿Cómo votaron los jueces?
El fallo se firma por el Dr. Daniel Leiva (Presidente), la Dra. Claudia Beatriz Sbdar (Vocal) y la Dra. Eleonora Rodríguez Campos (Vocal); el dispositivo final es unánime en el sentido de no hacer lugar a la queja.
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