AGÜERO RAQUEL SUSANA Y O. c/ ARRIETA JUAN CARLOS Y O. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Las actoras promovieron demanda por daños y perjuicios y fueron afectadas por un incidente de caducidad de instancia. La Cámara confirmó la resolución que hizo lugar a la caducidad por inactividad procesal atribuible a las actoras y sostuvo que las actuaciones para obtener el beneficio de litigar sin gastos no son actos impulsorios del proceso.
¿Quién es el actor?
Raquel Susana Agüero y Silvia Lazarte de Rodríguez (actoras).
¿A quién se demanda?
Juan Carlos Arrieta y la aseguradora (demandados).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados (causa principal).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de las actoras y se confirmó la resolución de primera instancia que hizo lugar al incidente de caducidad de instancia interpuesto por los demandados; se impusieron las costas del recurso a las actoras vencidas y se reservó pronunciamiento sobre honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Contrariamente a lo sostenido por el apoderado de las recurrentes, las actuaciones vinculadas al beneficio para litigar sin gastos son inidóneas para hacer avanzar el proceso, aún cuando se efectúan en el expediente principal. Se trata de un incidente que no tiene efecto suspensivo sobre el proceso, independientemente que se tramite en el principal o por cuerda separada. Ello en razón que sólo beneficia al requirente de la franquicia y no tiene gravitación sobre el trámite del proceso y su resolución."
"En cuanto al agravio de que no se tuvo en cuenta el dictamen fiscal de fs. 486, lo primero que debe señalarse es que éste no es vinculante para los magistrados... Contrariamente a lo afirmado por el Sr. Agente Fiscal el pedido de remisión de la causa penal no es una medida para mejor proveer, sino una medida de saneamiento previo a resolver (cfr. art. 30 y 37). No obstante ello, no surge del expediente que éste se encontrara pendiente de sentencia."
"De la secuencia procesal relatada..., consideramos que entre el 17/3/2014 en que se dictó la resolución que concedía 20 días a las actoras para la obtención del beneficio de litigar sin gastos..., y el planteo de caducidad efectuado por la aseguradora y el demandado el 6/11/2014..., transcurrió con creces el plazo de seis meses previsto por el art. 203 inc. 1º del CPCC..., sin que en ese ínterin se hayan realizado actos impulsorios del proceso. En consecuencia corresponde rechazar el recurso de apelación..."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución está suscripta por las Dras. María José Posse y Mirtha Inés Ibáñez de Córdoba (acuerdo mayoritario). No se registran votos en disidencia.
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