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Primera Instancia

UEMA, VICTOR c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO

El actor promovió acción declarativa contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero solicitando se declare la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias aplicado a la prestación previsional. El Juzgado admitió el allanamiento de la demandada, declaró inconstitucional la normativa impugnada, ordenó la abstención de descuentos futuros y la restitución de retenciones de hasta cinco años más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 2
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 023563/2026
Accion declarativa Impuesto a las ganancias Prestaciones previsionales Inconstitucionalidad Restitucion Intereses bcra Allanamiento Costas Honorarios 10 uma Afip/arca

¿Quién es el actor?

Víctor Uema (parte actora).

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) (antes AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de artículos de la Ley del Impuesto a las Ganancias respecto de su aplicación sobre prestaciones previsionales; abstención de descontar impuesto a las ganancias sobre jubilaciones/pensiones; devolución de sumas retenidas por el periodo de prescripción; más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Admitido el allanamiento de la demandada, se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y se ordenó a la demandada abstenerse de descontar impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional hasta tanto el Congreso legisle; se ordenó la restitución de montos retenidos desde cinco (5) años previos a la interposición de la demanda o del reclamo administrativo, presentación de liquidación en 10 días de quedar firme la sentencia para inicio del trámite presupuestario, aplicación del interés de la tasa pasiva promedio publicada por el BCRA desde cada fecha de retención; se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios para la parte actora en 10 UMA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De los términos de la presentación realizada por la accionada, surge que dicha parte se ha allanado en forma real, incondicionada, oportuna y total a la pretensión de la parte actora, por lo que corresponde admitir el allanamiento formulado."

"Efectuadas dichas precisiones, y atento al reclamo formulado por la parte actora en el escrito de demanda, corresponde admitir el allanamiento planteado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la pretensión formulada por la parte actora y en consecuencia hacer lugar a la demanda entablada por el/la actora en su contra. Declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar al/a la actor/a suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente 'García' de la CSJN."

"Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde lo cinco (5) años previos a la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo, si éste se hubiese presentado. Paralelamente, se ordena a la demandada que en el plazo de diez (10) días de quedar firme está sentencia, presente la liquidación correspondiente a los fines del inicio del trámite de previsión presupuestaria para el reintegro de las sumas que se hubieren retenido por la normativa descalificada, del modo señalado anteriormente."

"A las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida, conforme lo expuesto en los considerandos anteriores a los que me remito íntegramente."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia; resolución dictada por el Juez Federal de 1ª Instancia luego de allanamiento.

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