MEDINA ROQUE MIGUEL, ALANI AUGUSTO GABRIEL Y OTRO s/ HOMICIDIO -ART. 79, ROBO AGRAVADO VICT. 1° DELITO: COCA JAVIER MAXIMILIANO, 2° DELITO MEDINA ROQUE JAVIER
La defensa técnica de Augusto G. Alani interpuso recurso de casación contra la sentencia del 19/04/2021 dictada por la Sala I de la Cámara Penal Conclusional. La Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible el recurso por falta del requisito de autosuficiencia técnica exigido por el art. 485 CPPT y llamó la atención al letrado recurrente.
¿Quién es el actor?
La defensa técnica de Augusto G. Alani (Dr. Sebastián Grimolizzi, M.P. N° 4424) en su carácter de recurrente de casación.
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Sala I de la Excma. Cámara Penal Conclusional (resolución del 19/04/2021).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de casación contra la confirmación parcial de la resolución de fecha 10/11/2020 dictada por el Juzgado de Instrucción Conclusional II (causa penal por homicidio y robo agravado).
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de casación por carecer del requisito de autosuficiencia previsto en el art. 485 CPPT; se impusieron costas a la parte recurrente; se llamó la atención al Dr. Grimolizzi y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La norma citada exige que el libelo de casación deba contener '…concretamente las disposiciones legales que se consideren violadas o erróneamente aplicadas, y se expresará cuál es la aplicación que se pretende. Deberá indicarse separadamente cada motivo con sus fundamentos. Fuera de esta oportunidad, no podrá aducirse ningún otro motivo'."
"Es en virtud de tal recaudo que '…en la instancia deben puntualizarse los extremos de la decisión que producen agravios, indicando concretamente las disposiciones que se consideran violadas, en qué consiste el vicio atribuido al pronunciamiento, y que normas se estiman aplicables, y en forma clara, precisa y técnica se darán las suficientes razones fundamentadoras del agravio' (CLARÍA OLMEDO Jorge A., 'Derecho Procesal Penal', Tomo III...)."
"En autos, la defensa presenta un recurso que no contiene una crítica razonada de los argumentos por los cuales el a quo rechazó su recurso de apelación. En rigor, el memorial contiene meras enunciaciones sobre cuestiones de hecho de la causa o expresiones de disconformidad sobre defensas que fueron planteadas anteriormente de manera inoportuna, y por ende fueron rechazadas en etapas anteriores a la instancia de Alzada."
"En definitiva, en mérito a lo considerado, corresponde declarar inadmisible, y por ende, mal concedido, el recurso de casación deducido por la defensa técnica de Augusto G. Alani contra la sentencia del 19 de abril del 2021 dictada por la Sala I de la Excma. Cámara Penal Conclusional."
Dispositivo: "I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación deducido por la defensa técnica de Augusto G. Alani contra la sentencia del 19 de abril del 2021 dictada por la Sala I de la Excma. Cámara Penal Conclusional. II.- LLAMAR LA ATENCIÓN al doctor Sebastián Grimolizzi, M.P. N° 4424, a fin de que ajuste su labor al rigor técnico que exige ejercer la defensa de un imputado. III.- NOTIFÍQUESE personalmente al imputado con copia completa de la presente resolución. IV.- COSTAS, según se consideran. V.- DIFERIR el pronunciamiento sobre la regulación de honorarios para su oportunidad."
Si hubo votos en disidencia: No hubo votos en disidencia; los tres Vocales (Leiva, Estofán, Posse) votaron en igual sentido.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.