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Cámara de Apelaciones

PEREZ HANLON, MARIA LUCILA c/ VILLANOVA S.A. SINDICO INTERVINIENTE LUCAS MANUEL CRISTINA Y OTROS s/DESPIDO

La actora demandó por despido e indemnizaciones derivadas de relación laboral no registrada. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia: elevó el capital de condena a $404.205,91, extendió solidariamente la condena a GAVIA S.A. y limitó la responsabilidad solidaria de Damián Calabrese a $306.249,75; además declaró inconstitucional el art. 55 de la ley 27.802 para este caso y aplicó el régimen del art. 54 (actualización por IPC más 3% anual).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA I
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 081950/2017/CA002
Despido Relacion laboral no registrada Extension de responsabilidad Art. 31 lct Ley 27.802 art. 54 y 55 Actualizacion por ipc Interes 3% anual Costas Indemnizacion ley 24.013 Vacaciones no otorgadas.

¿Quién es el actor?

María Lucila Pérez Hanlon (actora/trabajadora).

¿A quién se demanda?

VILLANOVA S.A.; codemandados: Damián Calabrese; Alejandro Lassaga; Germán Maximiliano Llodra; y GAVIA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido indirecto, indemnizaciones y diversos créditos laborales por relación de dependencia no registrada (incidente en emprendimiento “Tifón Water Planet”), más rubros como vacaciones no otorgadas, indemnizaciones especiales (ley 24.013) y otros accesorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado: elevó el capital de condena a $404.205,91; extendió solidariamente la condena a GAVIA S.A.; circunscribió la responsabilidad solidaria de Damián Calabrese hasta $306.249,75 (con actualización y aditamentos); dejó sin efecto el régimen de intereses dispuesto en grado y declaró, para este caso, la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802, disponiendo que el crédito se determine conforme al art. 54 de dicha ley (actualización por IPC –Nivel General– del INDEC más interés puro del 3% anual); mantuvo la imposición de costas de grado a VILLANOVA S.A., Calabrese, Lassaga y Llodra e impuso también costas a GAVIA S.A.; y reguló honorarios según lo consignado. Se confirmaron los demás pronunciamientos de grado en lo que no fue modificado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La inconstitucionalidad del art. 55 no conduce a la aplicación de un régimen anterior a la ley 27.802, sino al régimen general que ella misma instaura en su art. 54. Ello así porque el art. 54 establece la regla general en materia de preservación del valor adquisitivo de los créditos laborales, y el art. 55 no es sino la única excepción a esa regla..."

"La norma lesiona el derecho de propiedad privada del acreedor (art. 17, Constitución Nacional)... la disposición impugnada vulnera el principio de igualdad ante la ley (art. 16...)"

"Corresponde hacer lugar al agravio de la parte actora, revocar la sentencia en este aspecto y extender solidariamente a GAVIA S.A. la condena impuesta a VILLANOVA S.A., en los términos del art. 31 de la LCT."

"Por tanto, propongo admitir el agravio... y disponer que el rubro en concepto de vacaciones no otorgadas prospere por la suma de $16.800..." (voto en que se apoya la decisión).

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia contiene dos votos coincidentes (Catani y Vázquez). No se registran votos en disidencia en el acuerdo decisorio; la parte dispositiva final refleja la mayoría.

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