PRAMARCO S.R.L. c/ MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN -D.I.M.- s/ INCONSTITUCIONALIDAD
La actora reclamó la declaración de inconstitucionalidad de la RG N° 15/16 y sus modificatorias como agente de retención del Tributo Económico Municipal. El Tribunal reguló honorarios por las actuaciones vinculadas al recurso de casación y fijó la suma de $77.500 a favor de la apoderada de la actora, ponderando la naturaleza no patrimonial del objeto y los criterios de la Ley Nº 5.480.
¿Quién es el actor?
Pramarco S.R.L.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de San Miguel de Tucumán - D.I.M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se reclamó que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución General N° 15/16 y sus modificatorias por la que se instituyó como agente de retención del Tributo Económico Municipal (TEM).
¿Qué se resolvió?
Se regularon honorarios a la letrada María Sofía Courel (apoderada) en la suma de $77.500 por las actuaciones relacionadas con el recurso de casación resuelto por sentencia N° 516 de fecha 19 de agosto de 2020.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia (texto original):
"Vienen estos autos a conocimiento y resolución del Tribunal para regular honorarios por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación interpuesto por la parte demandada, y que fuera resuelto por esta Corte Suprema de Justicia, Sala en lo Laboral y Contencioso Administrativo, en fecha 19 de agosto de 2020 (fs. 233/241)."
"Atento el objeto de la presente en que la parte actora reclamó que se declare la inconstitucionalidad de la RG N° 15/16 y sus modificatorias, por la que se instituyó como agente de retención del Tributo Económico Municipal (TEM), se establece que a los fines regulatorios carece de contenido económico directo. En consecuencia, para regular honorarios se tendrá en cuenta el carácter en que intervino la letrada de la accionante -art. 14-, tarea profesional desarrollada, tiempo empleado, resultado obtenido -arts. 15-, 19, 38 y demás concordantes de la Ley Nº 5.480."
"REGULAR HONORARIOS por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto mediante sentencia N° 516 de fecha 19 de agosto de 2020, a la letrada María Sofía Courel (apoderada), en la suma de $77.500 (pesos setenta y siete mil quinientos)."
No se consignan votos en disidencia en el texto; la resolución dispositiva es la que integra la decisión del Tribunal.
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