AVILA JORGE LINARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSeS solicitando el recálculo y pago de diferencias en su haber previsional. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa y ordenó a ANSeS recalcular y liquidar el haber inicial y pagar las acreencias retroactivas en 120 días.
¿Quién es el actor?
JORGE LINARDO AVILA.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se deje sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes; se ordene el recálculo, liquidación y pago de las diferencias del haber previsional (PBU, P.C., PAP), con intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSeS a que, en el plazo de 120 días desde la recepción del expediente administrativo o notificación de la sentencia, practique la liquidación ordenada según los considerandos, ponga al pago el haber inicial recalculado y realice los requerimientos presupuestarios para cancelar las acreencias retroactivas; se declararon las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La parte actora obtuvo su beneficio jubilatorio (PBU-P.C.-PAP) a la luz de lo dispuesto en el art. 17 de la ley 24.241..., habiendo adquirido el derecho al beneficio el 13/05/2023 —fecha de alta 01/09/2023—, acreditando prestación de servicios dependientes; resultando de aplicación lo dispuesto en los arts. 19, 20, 23, 24, 30 y concordantes de la ley 24.241."
"A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. CSJN in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. ANSeS s. Reajustes Varios' de fecha 11-11-2014, y con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la PBU inicial, se hace saber que se deberán efectuar las siguientes operaciones: 1) Establecer la diferencia entre la PBU redeterminada según las variaciones anuales del índice de salarios... 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad... Finalmente, la incidencia porcentual de la PBU actualizada en el haber integral reajustado será la que resulte de aplicar la siguiente fórmula: 'M.C.x100/H.I.R.S.' 3) De resultar el porcentaje confiscatorio (mayor al 15%)... corresponderá proceder a la redeterminación de la PBU... y declarar la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241 modificado por la ley 26.417."
"Con respecto del mecanismo de actualización ... corresponde estarse a los índices allí establecidos a los fines de actualizar las remuneraciones a considerar para el cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia."
"Respecto del planteo introducido por la actora, referido a la declaración de inconstitucionalidad del art. 4 de la Res. SSS 3/2021 ... corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo en cuestión."
"Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN, S.2767. XXXVIII, 'Spitale, Josefa Elida c. ANSeS s. Impugnación de Resolución Administrativa', sent. del 14-9-2004)."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia en la sentencia aportada.
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Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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