ASOCIACION DE CONSUMIDORES DEL NOA ( ACONOA) c/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. s/ ESPECIALES (RESIDUAL)
La Asociación de Consumidores del NOA demandó a Telefónica Móviles Argentina S.A. por la restitución de montos cobrados por un corte de servicio y daño punitivo en reclamo de consumidores. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia que rechazó la excepción de incompetencia federal y declaró competente al fuero Civil en Documentos y Locaciones, por tratarse de una controversia que se resuelve con normas de derecho común.
¿Quién es el actor?
Asociación de Consumidores del N.O.A. (ACONOA).
¿A quién se demanda?
Telefónica Móviles Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Restitución a los usuarios del importe del servicio no prestado por el corte del 29/11/2017, intereses por mora, más el 25% del importe cobrado indebidamente; además, indemnización por daño punitivo por $5.000.000 (o lo que se determine) y el establecimiento de un procedimiento para individualizar créditos en ejecución.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de Telefónica y se confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la excepción previa de incompetencia planteada por la demandada; las costas de la segunda instancia se imponen a la apelante. Se reservó pronunciamiento sobre honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Recordemos que la competencia federal es estrictamente de excepción y encuentra su razón de ser cuando en la cuestión litigiosa - pretensión - entra en juego de modo directo un interés o propósito federal."
"Lo que define la cuestión es que la pretensión - hechos en que se funda la demanda - implique de manera lisa y llana un interés o propósito federal directo, objetivo, concreto, de suficiente entidad."
"De los hechos reseñados, surge que las controversias suscitadas serán resueltas al momento de dictarse sentencia mediante la aplicación de las normas de derecho común, entre las que se incluye a la Ley N° 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor). Siendo ello así, la competencia corresponde a los tribunales ordinarios."
"El objeto de la demanda nos lleva, reiteramos, directamente a una acción por cumplimiento de contrato en el marco de una relación de consumo, respecto de la cual, no se encuentran en juego los intereses que motivaron las leyes federales que regulan los servicios de telecomunicaciones."
"En conclusión, considerando que el fuero Civil en Documentos y Locaciones es competente para entender en la presente causa, se confirma la sentencia de primera instancia."
Además, el Tribunal adhiere al criterio del Ministerio Público Fiscal y a precedentes de la Corte Suprema (cita: "Usuarios y Consumidores Unidos c/ Telefónica Móviles Argentina S.A. s/ daños y perjuicios", 14/04/2015) y a fallos previos de esta Cámara en casos con configuración fáctica similar.
(No existe voto en disidencia en el texto; el acuerdo final confirma la resolución apelada.)
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
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