FERNANDEZ GERMAN HUGO c/ ARGAÑARAZ JORGE EXEQUIEL s/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió apelación contra la providencia que ordenó que indague si el demandado posee cuentas o tarjetas en entidades bancarias. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la providencia al entender que no está habilitado el levantamiento del secreto bancario fuera de las excepciones legales y que el actor puede peticionar embargos ejecutorios sobre activos bancarios.
¿Quién es el actor?
Fernández, Germán Hugo (actor / ejecutante).
¿A quién se demanda?
Argañaraz, Jorge Exequiel (ejecutado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por capital y honorarios; el actor solicitó oficio a diversos bancos para que informen si el demandado tiene a su nombre tarjetas de crédito, cuentas corrientes, cajas de ahorro, número de cuenta y saldos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la apelación interpuesta por el actor contra la providencia de fecha 10/03/2022, confirmándose el proveído que evitó ordenar la búsqueda general de información bancaria sin los recaudos legales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Art. 39 de la Ley 21.526 (Entidades Financieras) expresamente establece que '...Las entidades comprendidas en esta ley no podrán revelar las operaciones pasivas que realicen. Sólo se exceptúan de tal deber los informes que requieran: a) Los jueces en causas judiciales, con los recaudos establecidos por las leyes respectivas; b) El Banco Central de la República Argentina en ejercicio de sus funciones; c) Los organismos recaudadores de impuestos nacionales, provinciales o municipales... d) Las propias entidades para casos especiales, previa autorización expresa del Banco Central de la República Argentina. El personal de las entidades deberá guardar absoluta reserva de las informaciones que lleguen a su conocimiento...'."
"Y como en el cobro ejecutivo de pesos en trámite no está comprometido el orden público en tanto concierne únicamente al interés patrimonial propio del litigante vencedor y del letrado beneficiario de honorarios; no se advierte la existencia de alguna de las excepciones previstas por la norma que justifique el levantamiento del secreto bancario en ella dispuesto."
"Máxime cuando el actor por su acreencia y el letrado por sus honorarios bien pueden peticionar directamente la traba de los embargos ejecutorios que derivan de las sentencias de trance firmes, sobre cualquier activo que el ejecutado tuviera en los bancos con sucursal en nuestra Provincia, diligenciando los pertinentes oficios como es de práctica hacerlo."
¿Cómo votaron los jueces?
"RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por FERNÁNDEZ, GERMÁN HUGO contra la providencia de fecha 10 de marzo de 2022, que se confirma.-"
(No constan votos en disidencia en el dispositivo; la resolución se toma por la Sala I y se confirma la providencia apelada.)
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Leyes que cita
- Ley 21.526Entidades financieras
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