JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

ROMANO SANTOS, JUAREZ DE ROMANO SEGUNDA ROMANO TEOFILO ROMANO FELIPA s/ SUCESION

Los recurrentes interpusieron recurso de queja por casación denegada contra la sentencia de la Sala I de la Cámara en lo Civil, Familia y Sucesiones que confirmó la nulidad de la declaratoria de herederos. La Corte provincial negó la queja por falta del requisito de definitividad del pronunciamiento impugnado y por no existir gravedad institucional habilitante, confirmando la denegatoria de la casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Civil y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Civil y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
47860
Queja por casacion Definitividad Gravedad institucional Nulidad de declaratoria de herederos Prescripcion liberatoria Prescripcion adquisitiva Art. 748 cpcc Nulidad de oficio Sucesion Admisibilidad

¿Quién es el actor?

Griselda María Vizcarra (por la representación ejercida en autos) y Viviana Vizcarra (por derecho propio).

¿A quién se demanda?

Sentencia de la Sala I de la Excma. Cámara en lo Civil en Familia y Sucesiones (resolución del 24/11/2016) que denegó la concesión del recurso de casación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Queja por casación denegada contra la resolución de Cámara que confirmó la sentencia de primera instancia (08/04/2014 / 07/08/2012) que rechazó excepciones de prescripción y declaró de oficio la nulidad de la declaratoria de herederos; solicitan que se admita la casación por cumplir los requisitos de definitividad y gravedad institucional.

¿Qué se resolvió?

NO HACER LUGAR al recurso de queja por casación denegada. La Corte consideró que no concurren la definitividad exigida por el art. 748 del CPCC ni la gravedad institucional excepcional, de modo que no procede la casación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ello así, se constata que el recaudo de definitividad del pronunciamiento previsto por el art. 748 del CPCyC no concurre en el presente caso, toda vez que la resolución atacada no es definitiva ni equiparable a tal, en tanto no ha sido dictada en una cuestión incidental que termine el pleito o hagan imposible su continuación ... Por el contrario, la decisión de confirmar en grado de apelación a la sentencia que declara la nulidad de la declaratoria de herederos, de ningún modo puede ser considerada como conclusiva del proceso, sino justamente todo lo contrario, en tanto implica que el juicio sucesorio debe continuar su trámite."

"Si bien los recurrentes expresan que la sentencia decide definitivamente sobre la 'excepción de prescripción liberatoria por renuncia tácita de derechos adquiridos' ya que esta cuestión no podría volver a ser planteada, tal argumento no alcanza considerar a la sentencia impugnada como pronunciamiento definitivo en los términos del art. 748 del CPCC ... el rechazo de la llamada excepción de prescripción ... si bien fue decidido en forma definitiva en este punto del proceso, de ningún modo resulta conclusivo del juicio sucesorio en el cual la cuestión ha sido planteada."

"Por lo demás, en el presente caso no se ha configurado el excepcional supuesto de gravedad institucional previsto en el art. 748 inc. 2° del CPCC, que habilitaría a tener por superada la ausencia de definitividad del pronunciamiento impugnado, toda vez que la cuestión ... no trasciende el interés individual de las partes ni se proyecta sobre el de la comunidad ... la Cámara convalidó la solución nulificante ... justamente para evitar la afectación de los derechos de defensa y de propiedad de los demás aceptantes de la sucesión ... la nulidad de oficio es un instituto previsto legalmente por los arts. 166 y cc. del CPCC para aquellos supuestos en los que se verifica una alteración de la estructura esencial del proceso, tal como advierte la Cámara que sucede en la especie."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta disidencia en el texto; el fallo dispone: "NO HACER LUGAR" y está suscripto por los señores jueces.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.