GALVAN HERMOGENES NICANOR c/ PRIMATUC S.R.L s/ COBRO DE PESOS
El actor promueve recurso de queja por casación denegada en causa por cobro de pesos. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso por incumplimiento del requisito formal de extensión previsto en la Acordada N° 1.498/18 (exceso de renglones) y ordenó la devolución de las actuaciones a su origen.
¿Quién es el actor?
Galván Hermógenes Nicanor.
¿A quién se demanda?
Primatuc S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se tramita acción de cobro de pesos; en esta instancia la parte actora interpuso recurso de queja por denegación de recurso de casación.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada por incumplimiento del requisito formal de extensión (exceso de renglones) previsto en la Acordada N° 1.498/18 y se dispuso la devolución de las actuaciones al origen, conforme al artículo 143 del CPL.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
II.- En orden a la admisibilidad del recurso de queja intentado, se advierte que éste no cumple con los requisitos previstos en la Acordada N° 1.498/18 de esta Corte Suprema de Justicia.
En el punto II de la citada Acordada se expresa lo siguiente: “DISPONER que el recurso de queja por denegación del recurso de casación deberá interponerse con texto mecanográfico en tinta negra, mediante un escrito de extensión no mayor a diez (10) páginas de veintiséis (26) renglones, y con letra de tamaño claramente legible (no menor a 12)”.
Asimismo, mediante Acordada N° 126/19, se dispuso que “el Reglamento para la presentación de los Recursos de Casación y Queja, establecido mediante Acordada N° 1498/18, empiece a regir a partir de los recursos que se interpongan a partir del 1/4/2019”.
En el caso, el recurso directo interpuesto por la actora el día 30-10-2022 supera la cantidad máxima de renglones permitida por la referida normativa, al contener en una de sus páginas 27 (veintisiete) renglones.
Lo expuesto determina per se la inadmisibilidad del recurso de queja y, por ende, torna inoficioso el análisis de los requisitos establecidos por el art. 140 del CPL.
III.- En consecuencia, corresponde declarar inadmisible el recurso de queja por casación denegada planteado por la parte actora y devolver las actuaciones a su origen, de conformidad a lo previsto por el artículo 143 del CPL.
Resolución final:
I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por casación denegada planteado por la parte actora contra la sentencia de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala I, del 25 de octubre de 2022; conforme a lo considerado.
II.- DISPONER la devolución de las actuaciones a su origen.
(Votos y sus firmas constan en el expediente; no se consignan disidencias en el bloque resolutorio.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.