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Tribunal Superior

ANDRADE SEBASTIAN Y OTROS c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS

Los actores promovieron cobro de pesos contra Citytech S.A. El Tribunal de casación declaró inadmisible y mal concedido el recurso de casación deducido por la demandada por no acreditar el afianzamiento excepcional previsto en el art. 134 del CPL mediante “testimonio autenticado” que acredite embargo anterior sobre bienes suficientes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
93/21
Casacion Inadmisibilidad Afianzamiento Art. 133 cpl Art. 134 cpl Testimonio autenticado Embargo anterior Cobro de pesos Costas Sala laboral

¿Quién es el actor?

Andrade, Sebastián y otros.

¿A quién se demanda?

Citytech S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos (acción de cobro derivada de sentencia previa).

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible y, por ende, mal concedido el recurso de casación interpuesto por la demandada contra la sentencia N°185 de la Cámara de Apelación del Trabajo, Sala VI, de fecha 16/09/2022; se impusieron las costas de la instancia casatoria a la parte recurrente y se reservó pronunciamiento sobre regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien ha sido interpuesto dentro del plazo que consagra el artículo 132 del CPL, el requisito establecido por el artículo 133 de igual digesto no ha sido cumplido, por lo que el remedio procesal sub examine resulta inadmisible.

Es que, en su recurso de casación, la impugnante pretende dar cumplimiento con el afianzamiento exigido por aquella norma mediante un supuesto embargo anterior trabado en la causa. Es decir, intenta subsumirse en las previsiones del artículo 134 del CPL; sin embargo, no adjunta la documentación requerida por esta última disposición.

Del análisis de la documentación acompañada con la presentación recursiva, se advierte que la impugnante omitió acompañar testimonio autenticado que acredite la existencia de un embargo anterior trabado sobre bienes suficientes, en los términos del artículo 134 del CPL. Dicha circunstancia es suficiente para concluir que, la accionada, al interponer el recurso extraordinario local, no dio cabal cumplimiento con lo dispuesto por aquella disposición, que exige la presentación, en ese momento, del “testimonio autenticado” que acredite la existencia de traba de embargo anterior sobre bienes suficientes..."

"El informe acompañado con el recurso de casación carece, por sí solo, de aptitud para acreditar que el dinero depositado en la respectiva cuenta bancaria garantiza el monto condenado en la sentencia recurrida. Repárese que las meras referencias del informe a los autos de marras, no bastan para tener por cierto que los fondos existentes en la cuenta fueron depositados en virtud de uno o varios embargos trabados a instancia de la parte actora; ni para conocer con certeza la causa determinante de la traba de tal o tales embargos; ni su finalidad..."

"Atento a lo expuesto, corresponde declarar inadmisible y, por consiguiente, mal concedido, el recurso de casación incoado por la parte demandada contra de la sentencia N° 185 de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala VI, de fecha 16 de septiembre de 2.022."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia con acuerdo unánime. La Dra. Eleonora Rodríguez Campos expuso la fundamentación principal; la Dra. Claudia Beatriz Sbdar adhirió y agregó consideraciones sobre el rigor formal del recurso extraordinario y la interpretación restrictiva del art. 134 del CPL; el Dr. Daniel Leiva adhirió.

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