ALVARADO PABLO EXEQUIEL c/ LEAGAS S.A. s/ COBRO DE PESOS
El actor demandó a LEAGAS S.A. por cobro de pesos reclamando haberes, indemnizaciones y accesorios derivados de la relación laboral. La Cámara de Apelación hizo lugar parcially al recurso del actor y modificó la imposición de costas de la sentencia de grado, revocando el punto “Costas” y disponiendo nueva prorrata, con disidencia parcial del vocal Castellanos Murga.
¿Quién es el actor?
Pablo Exequiel Alvarado, por intermedio de su letrada Dra. Brenda Avellaneda.
¿A quién se demanda?
LEAGAS S.A., con patrocinio de la Dra. Constanza Del Carril.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por rubros laborales — diferencias de SAC (1º y 2º semestre/21 y proporcional/22), vacaciones no gozadas 2021 y 2022, días trabajados del mes del despido, haberes agosto-diciembre/21, indemnizaciones (art. 80 LCT) y otros rubros indemnizatorios y multas; además se discutió la validez del despido indirecto.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia respecto del reclamo de fondo (se rechazaron los agravios sobre la mayoría de las causales de despido indirecto), pero hizo lugar parcialmente al recurso del actor para revocar y modificar la imposición de costas de la sentencia de grado. Distribuyó las costas de primera instancia: la accionada soportará sus costas y el 40% de las correspondientes al actor; el actor soportará el 60% restante de sus propias costas. Asimismo reguló honorarios de Alzada en favor de las letradas (Brenda Avellaneda $283.460,18; Constanza Del Carril $425.190,28). El voto del Dr. Castellanos Murga quedó en disidencia parcial sobre costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En suma, no se advierte yerro o arbitrariedad en lo decidido por el juez de primera instancia, toda vez que la exigencia de intimación previa al despido y de que dicha intimación contenga un apercibimiento claro y expreso, no ha sido cumplida por el actor. Tal omisión del apercibimiento de darse por despedido a aplicarse por el remitente en caso de incumplimiento de su reclamo por la parte intimada, determina la tempestividad del despido, puesto que, precisamente, dicha omisión implica una ambigüedad del requerimiento por falta de precisión acerca de cuál será el temperamento que adoptaría el requirente en caso de no ser atendido su pedido." (Voto del Dr. Adolfo J. Castellanos Murga, preopinante; confirmando rechazo del agravio sobre despido indirecto).
"Atento a que la parte actora venció a su contraparte en relación a rubros cualitativamente significativos derivados de la relación laboral, más allá de su resultado en términos dinerarios, dicha victoria resultaba relevante como factor a considerar para resolver la imposición de las costas procesales. ... No debe soslayarse que prosperaron los rubros diferencias de SAC primer y segundo semestre/21, SAC proporcional/22, vacaciones no gozadas 2021 y 2022, días trabajados del mes del despido (todos ellos integrantes de la liquidación final no litigiosa), los haberes de agosto a diciembre/21, de neto carácter alimentario ..., y la indemnización del artículo 80 de la LCT, todos ellos de importancia cualitativa dentro de la discusión planteada en el litigio." (Voto de la Dra. María Beatriz Bisdorff, quien propuso revocar el punto "Costas").
Bloque dispositivo final (acuerdo de la Sala): "I) HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia de fecha 17/10/23, dictada por el juzgado del trabajo de la x° nominación, conforme lo considerado y revocar el punto “Costas” de la sentencia recurrida y disponiendo en sustitutiva lo siguiente: la accionada soportará sus costas y el 40% de las correspondientes al actor y este último el 60% restante de las propias.. II) COSTAS: como se considera. III) REGULAR HONORARIOS a los letrados intervinientes: Brenda Vanessa Avellaneda en la suma de $283.460,18 ... y Constanza Del Carril en la suma de $425.190,28 ..." (Dispositivo final firmado; constan firmas y disidencia del Dr. Castellanos Murga).
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión de modificar costas fue adoptada por mayoría (Dra. Bisdorff y Dr. Díaz Critelli) y el Dr. Castellanos Murga votó en disidencia (señaló confirmar la distribución de costas de grado y condenar al actor a soportar todas las costas).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.