RODOLFO RODRIGUEZ E HIJOS SRL c/ MUNICIPALIDAD DE ALDERETES s/ COBROS (ORDINARIO)
La actora reclamó cobro de $40.000 por incumplimiento del contrato de locación de espacio publicitario. La Cámara hizo lugar a la demanda y condenó a la Municipalidad de Alderetes al pago de $40.000 más intereses y costas, por los meses septiembre a diciembre de 2019, por existir contrato registrado y pruebas de la mora.
¿Quién es el actor?
RODOLFO RODRÍGUEZ E HIJOS SRL (CUIT 33-65104293-9), representada por apoderada María José Cortés Cisneros.
¿A quién se demanda?
MUNICIPALIDAD DE ALDERETES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de $40.000 ($10.000 por mes) más intereses, gastos y costas, por impago de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2019 en virtud del contrato de locación de espacio publicitario (Contrato N° 93919011455/ registro DGR 14/01/2019).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se condena a la Municipalidad de Alderetes al pago de $40.000 más intereses conforme tasa activa promedio mensual publicada por el Banco de la Nación Argentina desde cada vencimiento hasta su pago; costas a la demandada; regulación de honorarios reservada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La actora invocó haber celebrado un contrato de locación de espacio publicitario con la accionada, el cual es anexado junto con el escrito de demanda. Puntualmente, lo que se reclama en autos es la falta de pago correspondiente a los meses de septiembre a diciembre de 2019. Le compete analizar a este Tribunal, entonces, si el vínculo invocado y la falta de cumplimiento denunciada ha sido objeto de comprobación a lo largo de la causa."
"En cuanto al monto de la contratación, debe señalarse que consta que en el contrato N° 93919011455 la cláusula segunda dispone: 'El precio de la locación se estipula en: la suma de Pesos Ochenta Mil ($80.000) por el período que va desde el 01/07/2017 al 31/12/2018 y en la suma de Pesos Diez Mil ($10.000) por mes por el período que va desde el 01/01/2019 al 31/12/2019. La suma de $80.000 se abona en este acto mediante cheque imputado por el pago de Tasas Municipales. La suma de $10.000 mensuales serán abonadas del 1 al 5 de cada mes en la municipalidad'."
"La buena fe es un modelo o arquetipo de conducta social... La buena fe es un principio general del derecho, consistente en un imperativo de conducta honesta, diligente, correcta... Conforme a lo expuesto, no cabe dudas de que la pretensión de cobro de la parte actora solamente se ciñe a aquellos períodos no pagados por el municipio demandado por un total de $40.000..."
"En base a este marco normativo... se observa que el ejemplar del contrato acompañado con el escrito de demanda fue signado por Francisco Rodrigo Belmonte, en representación de la actora, y por Don Sergio Ernesto Venegas - Intendente de la Municipalidad de Alderetes, en representación de la accionada, con sello de agua que se lee 'Municipalidad de Alderetes, Departamento Ejecutivo' y sellado ante la Dirección General de Rentas."
"Por lo que de lo considerado cabe concluir entonces que, al existir constancia de que el Sr. Intendente de la Municipalidad de Alderetes contrató de manera directa conforme las facultades del art. 59 de la Ley N° 6970 ... no cabe sino concluir que los servicios prestados por el actor son susceptibles de generar en cabeza de la Municipalidad demandada una obligación de pago como la pretendida."
"Conforme lo resuelto en el punto anterior, la accionada deberá, en un plazo de quince días de quedar firme el presente pronunciamiento y por intermedio del área pertinente, confeccionar planilla comprensiva mes por mes de las sumas debidas a la parte actora: septiembre/2019; octubre/2019; noviembre/2019 y diciembre/2019... más interés conforme tasa activa promedio mensual que publica el Banco de la Nación Argentina, desde que cada suma es debida..., hasta que se encuentre a disposición de la acreedora."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Ana María José Nazur manifestó estar conforme con las razones de la preopinante y votó en igual sentido.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.