LAS RELIGIOSAS MISIONERAS DE LA INMACULADA CONCEPCION c/ PROVINCIA DE TUCUMAN s/ AMPARO
Las Religiosas Misioneras de la Inmaculada Concepción promovieron acción de amparo por omisión reglamentaria para que la Provincia autorice aumentos de cuotas acordes a incrementos salariales docentes. La Cámara hizo lugar al amparo, declaró ilegítima la conducta estatal entre noviembre de 2022 y el 04-09-2023 y condenó a la Provincia a dictar los actos administrativos necesarios para restablecer la adecuada relación entre cuotas y salarios.
¿Quién es el actor?
Las Religiosas Misioneras de la Inmaculada Concepción, titulares y propietarias del Colegio Guillermina Leston de Guzmán y Jardín Marisú.
¿A quién se demanda?
Provincia de Tucumán (Dirección de Educación Pública de Gestión Privada / Ministerio de Educación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de amparo por omisión e insuficiencia del Estado en dictar disposiciones que autoricen incrementos de cuotas escolares proporcionales a los aumentos salariales docentes (Decreto N°3873/3 (ME)-22 y aumentos de 2023), con perjuicio económico que amenaza la continuidad del servicio educativo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la defensa de inadmisibilidad y se hizo lugar a la demanda; se declaró la ilegitimidad de la conducta estatal respecto del período noviembre 2022–04/09/2023 por omisión en dictado de disposiciones tendientes a contemplar el incremento salarial docente; se condenó a la Provincia a dictar los actos administrativos necesarios para corregir la inadecuación hacia el futuro; costas a la demandada; regulación de honorarios reservada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En este caso, la controversia no solo versa sobre la 'suficiencia' de los incrementos autorizados, sino sobre la omisión o insuficiencia de la actuación estatal que se manifiesta provoca un desequilibrio financiero que se aduce como grave y con afectación directa la operatividad de los establecimientos educativos, aspectos que no pueden soslayarse."
"Se ha mostrado sumariamente la desproporción entre los aumentos salariales y las autorizaciones de cuotas, lo que fue generando un perjuicio económico significativo, que se evidencia en las pruebas contables certificadas presentadas por la actora, específicamente el Estado de Resultado proyectado para marzo de 2023 y la certificación del estado de recursos y gastos del Colegio Guillermina Leston de Guzmán para el período 01-03-2023 al 31-05-2023, donde resultaron demostradas insuficiencias de fondos para cubrir los costos salariales y no salariales, tornando seriamente inviable la continuidad de la actividad educativa."
"A la luz de lo expuesto, se desprende que la conjunción entre la omisión en la emisión de disposiciones de actualización de aranceles que debía acompañar de manera razonablemente proporcional los incrementos salariales docentes dispuestos por el propio Estado Provincial, y la insuficiencia de las disposiciones dictadas en el período citado (v.gr. Disposición N°038/23), muestra que se configuró una conducta estatal arbitraria e ilegítima."
¿Cómo votaron los jueces?
fallo acordado por el Tribunal (firma de los Dres. Vera, López Piossek y Gandur); no consta disidencia en el dispositivo.
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