SALADO JORGE MIGUEL c/ SCANDELLARI DOLORES LUCRECIA s/ REIVINDICACION
El actor promovió acción de reivindicación contra la poseedora del inmueble para obtener la restitución del dominio. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la reivindicación por falta de título anterior a la posesión de la demandada y confirmó costas de la Alzada.
¿Quién es el actor?
Sr. Jorge Miguel Salado (representado por letrado Felipe Mariano Rougés).
¿A quién se demanda?
Sra. Dolores Lucrecia Scandellari.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de reivindicación sobre inmueble inscripto en matrícula S-15382; pretensión de restituir el dominio.
¿Qué se resolvió?
No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el actor y confirmación de la sentencia n° 2574/12/11/2024 que rechazó la acción de reivindicación; costas de la Alzada a la parte actora; regulación de honorarios oportunamente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para un adecuado abordaje del planteo, es preciso señalar que no llega cuestionado a esta instancia que el Sr. Jorge Miguel Salado presenta en autos un título hábil para adquirir el dominio del inmueble objeto de la acción, según se desprende de la escritura pública de venta de fecha 06/01/2022. Encontrándose asimismo firme la decisión de grado de rechazar las excepciones de fondo opuestas por la parte demandada (prescripción adquisitiva), no obstante juzgar el apelante contradictorias sus consideraciones."
"No obstante ello, se observa que el reivindicante no acompañó los títulos de sus antecesores de dominio ni ofreció otra prueba idónea (como ser: un estudio de título o informes de otros registros relevantes para acreditar la cadena de transmisiones) que permita acreditar su derecho a la posesión con anterioridad al 18/07/2017 (cfr. precedente "Arcadini" que cita), estos es más allá de los antecedentes indicados en el título presentado; siendo insuficiente a tal fin el informe de dominio expedido por el Registro Inmobiliario -también presentado con la demanda- en relación a la matrícula registral S-15382."
"En consecuencia y pese no haber explicitado la sentencia de grado la conclusión en análisis, a la luz del material probatorio aportado por el reivindicante, a quien incumbía la carga sobre el derecho a la posesión, la misma luce ajustada a derecho."
Citas textuales relevantes incluidas en los párrafos anteriores:
"no acompañó los títulos de sus antecesores de dominio ni ofreció otra prueba idónea"
"el actor no ha logrado justificar que el título que pretende hacer valer sea anterior o se remonte a títulos anteriores a la posesión del demandado"
Referencia normativa y doctrinal citada: art. 2256 inc. b del CCCN; precedentes internos (ej.: "Cloro S.A. Vs. Bulacio..." y "Del Negro De Roig Ana Gladys Y Otros Vs. Quinteros...").
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo disidencia; la sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante y la Dra. David adhirió al voto preopinante.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.