BORDALLO VICTOR ANDRES c/ CITRUSVIL S.A s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
El actor promovió demanda por daños y perjuicios por la muerte masiva de colmenas atribuida a fumigaciones con plaguicidas (Fipronil) en campos colindantes. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por insuficiencia probatoria del nexo causal, valorando la ausencia de cadena de custodia de las muestras y la falta de prueba sobre el origen del plaguicida.
¿Quién es el actor?
Víctor Andrés Bordallo.
¿A quién se demanda?
Citrusvil S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios por muerte de 168 colmenas (reclamó $7.405.413,15) y medida para que la demandada cese el uso de insecticidas prohibidos (Fipronil). Se reclamaron rubros de daño emergente, lucro cesante y daño moral.
¿Qué se resolvió?
No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia de fecha 05/09/2024; se confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda. Se imponen costas de la alzada al recurrente y se reserva regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Concretamente el actor recurrente se agravió por el rechazo de la demanda, cuestionando la valoración de las pruebas realizada por el sentenciante.
Confrontados los agravios con los fundamentos de la sentencia cuestionada, el derecho aplicable y las constancias de autos, anticipo que, en caso de ser compartido mi voto, el recurso no tendrá andamiento, conforme a los fundamentos que seguidamente se exponen.
... debo tener que, conforme se desprende de las constancias de autos, a cuyo análisis necesariamente debe circunscribirse la solución del caso, no se ha demostrado el hecho central que sirve de sustento a la acción judicial promovida; más concretamente, el actor no arrimó elemento de prueba idóneo para tener por probado que efectivamente Citrusvil fumigó sus campos de citrus con Finopril, de manera de provocar la lamentable muerte de las colmenas del Sr. Bordallo."
"Ante la falta de certeza respecto del origen de la muestra analizada por la EEAOC, la existencia de producto tóxico en restos vegetales perteneciente a plantaciones de la demandada, no se encuentra acreditada, por lo que las conclusiones de dicho informe no constituyen un elemento determinante para establecer la responsabilidad que pretende atribuirse a Citrusvil en el caso."
"En definitiva, el actor ha omitido acreditar el presupuesto de hecho de la normativa cuya aplicación requería (actual art. 322 del Código Procesal). ... La falta de evidencia de la producción del hecho dañoso, definitivamente obsta al progreso de la pretensión resarcitoria. En tal sentido, la valoración de los elementos de prueba obrantes en autos, realizada por el fallo de grado, no admite crítica alguna."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Álvaro Zamorano votó en disidencia: propuso hacer lugar parcialmente al recurso y condenar a Citrusvil S.A. al pago de $7.811.875,39 por daño emergente y $4.974.060 por lucro cesante, con regulación de intereses y orden preventiva sobre futuras fumigaciones. Su voto se fundamentó en que estaban acreditados la fumigación en la época pertinente, el pecoreo de las abejas hacia los campos de la demandada y la muerte masiva de las colmenas, de modo que debía activarse la presunción de causalidad objetiva. (Voto discordante contenido íntegramente en el expediente).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.