COMPAÑIA DE INSUMOS Y GRANOS S.A c/ SUCESION DE BABOT ANA LUISA s/ ORDINARIO FUERO DE ATRACCION
Los herederos de Ana Luisa Babot apelaron contra la orden de poner a disposición el vehículo dominio PAT115 y la imposición de astreintes. La Cámara declaró inadmisible y mal concedido el recurso por encontrarse la resolución de fecha 16/09/2025 comprendida en la regla de inapelabilidad aplicable al trámite de ejecución de sentencia firme.
¿Quién es el actor?
COMPAÑIA DE INSUMOS Y GRANOS S.A. (CIGRA).
¿A quién se demanda?
Sucesión de Babot Ana Luisa, en la persona de sus herederos — María Guillermina Gutiérrez, María Carolina Gutiérrez, Virginia María Gutiérrez, Benjamín Gutiérrez, Ana Gutiérrez y Julia María Gutiérrez.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia de cobro (USD 108.417,42) y, en el trámite de ejecución, puesta a disposición del vehículo dominio PAT115 y, de no cumplirse, multa diaria de $100.000 en concepto de astreintes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inadmisible y mal concedido el recurso de apelación interpuesto en subsidio, imponiendo las costas de la instancia a los herederos y reservando el pronunciamiento sobre honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Al respecto, debemos estar a lo dispuesto por el art. 607 del CPCC que establece: 'Serán inapelables todas las otras resoluciones que se dicten en el trámite de cumplimiento de sentencia.' (Lo destacado nos pertenece)."
"Lo que se completa con la segunda parte del art. 636 del CPCC que dice: 'Si la sentencia provisionalmente ejecutada quedare firme, la ejecución seguirá adelante como definitiva'."
"En este orden de ideas, de la compulsa de las piezas procesales adjuntadas al presente incidente se evidencia que la resolución de fecha 16/09/2025, objeto de este recurso, no es susceptible de apelación por encontrarse comprendida en la regla del art. 607 del CPCC, aplicable al trámite de ejecución de sentencia, no configurándose en el caso particular los supuestos de excepción previstos por el citado cuerpo normativo (arts. 615 y 679)."
"A este respecto tiene dicho nuestra Corte Suprema de Justicia: 'Altera la estructura del procedimiento y, por ende es nula, la sentencia que declara admisible un recurso de apelación contra un pronunciamiento inapelable.' (CSJTuc., Sala Civil y Penal, Sentencia N° 631 del 01/07/2009 ...)."
Bloque dispositvo final:
"I) DECLARAR INADMISIBLE y, en consecuencia, MAL CONCEDIDO el recurso de apelación en subsidio intentado ... en contra de la sentencia de fecha 16/09/2025, según lo examinado.
II) IMPONER LAS COSTAS de esta instancia a cargo de María Guillermina Gutiérrez, María Carolina Gutiérrez, Virginia María Gutiérrez, Benjamín Gutiérrez, Ana Gutiérrez y Julia María Gutiérrez (herederos de Ana Luisa Babot), en mérito a lo analizado.
III) RESERVAR pronunciamiento sobre HONORARIOS, para su oportunidad."
(No hubo votos en disidencia consignados en el texto aportado).
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