JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

BRAVO OSVALDO A. C/ OMBU CASINOS S.A. S/ DEMANDA LABORAL - RECURSO DE CASACION - REGULACION DE HONORARIOS

Se planteó excusación del Sr. Ministro Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez por su vinculación familiar con un magistrado que intervino en la causa principal. El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la excusación, al considerar configurada la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 78225/6
Excusa Recusacion Art. 194 constitucion provincial Superior tribunal de justicia Conflicto de intereses Vinculo familiar Casacion laboral Apartamiento Notificarse Expediente electronico

¿Quién es el actor?

BRAVO OSVALDO A.

¿A quién se demanda?

OMBU CASINOS S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda laboral con recurso de casación (causa principal: “BRAVO OSVALDO A. c/ OMBU CASINOS S.A. s/ DEMANDA LABORAL – RECURSO DE CASACION”).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación formulada por el Sr. Ministro Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez; se registró y notificó la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que a fs. 653, el Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRIGUEZ, en razón de haber tenido participación en las presentes actuaciones su hijo, el Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez (H), quien ha suscripto la sentencia que viene en recurso de fs. 619 y vta. de fecha 06/05/15, es que se excusa de entender en la presente causa por estar comprendido en la causal prevista en el Art. 194 de la Constitución De la Provincia.

2) Que atento a lo manifestado, y constancias de fs. 619 y vta., procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 194 de la Constitución de la Provincia.

Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por el Sr. Ministro de este Superior Tribunal, Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRIGUEZ. REGISTRESE y NOTIFIQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en la parte resolutiva final.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.