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Tribunal Superior

EXPRESO SAN JOSE S.A. c/ PROVINCIA DE TUCUMAN D.G.R. s/ NULIDAD/REVOCACION

La parte demandada interpuso recurso de queja por casación denegada contra la Resolución Nº 446 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. El Tribunal hizo lugar al recurso de queja y remitió al dictamen del Señor Ministro Fiscal como fundamento, resolviendo la admisión de la casación denegada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
43017
Recurso de queja Casacion denegada Nulidad/revocacion Provincia de tucuman Camara en lo contencioso administrativo Admisibilidad Dictamen del ministerio fiscal Resolucion n? 446 Sentencia n? 173/2015 Admision de recurso

¿Quién es el actor?

Expreso San José S.A. (parte demandada en el proceso originario; en este trámite es quien promueve la queja).

¿A quién se demanda?

Provincia de Tucumán - D.G.R. (parte demandada en la causa originaria); en este recurso la queja se dirige contra la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Sala IIIª.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la denegatoria del recurso de casación (impugnación de la Sentencia Nº 173 del 14 de abril de 2015) mediante recurso de queja por casación denegada.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de queja por casación denegada incoado por la parte demandada; se remite al dictamen del Señor Ministro Fiscal como sustento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia (texto original):

I.- La Provincia de Tucumán viene en queja contra la Resolución Nº 446 dictada por la Sala IIIª de la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo en fecha 28 de julio de 2015, a través de la cual se deniega la concesión del recurso de casación que dicha parte demandada interpusiera impugnando la Sentencia Nº 173 del 14 de abril de 2015.

II.- El planteo impugnativo ha sido objeto de un correcto tratamiento en el dictamen del señor Ministro Fiscal agregado a fs. 33 de las presentes actuaciones, cuyas razones este Tribunal Cimero comparte y a los cuales se remite.

Por ello, y encontrándose excusado el señor vocal doctor Antonio Gandur, se

RESUELVE:

HACER LUGAR, al recurso de queja, por casación denegada, incoado por la parte demandada en los autos “Expreso San José S.A. vs. Provincia de Tucumán –D.G.R.- s/ Nulidad/Revocación”.

HÁGASE SABER.

Citas textuales más importantes:

"El planteo impugnativo ha sido objeto de un correcto tratamiento en el dictamen del señor Ministro Fiscal agregado a fs. 33 de las presentes actuaciones, cuyas razones este Tribunal Cimero comparte y a los cuales se remite."

"HACER LUGAR, al recurso de queja, por casación denegada, incoado por la parte demandada..."

No constan votos en disidencia en el texto aportado.

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