PREFERENCIAL S.A. c/ DELGADO JESUS GUSTAVO s/ COBRO EJECUTIVO
El perito contador inició ejecución de honorarios y solicitó embargo sobre cuentas de la actora Preferencial S.A. por $250.000. La Cámara confirmó la limitación del embargo al 40% de los honorarios conforme al régimen de costas y la ley 7897, rechazando la pretensión del perito de perseguir la totalidad contra la actora.
¿Quién es el actor?
Preferencial S.A. (actor en la causa principal).
¿A quién se demanda?
Jesús Gustavo Delgado (demandado en la causa principal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Expediente principal: cobro ejecutivo promovido por Preferencial S.A. contra Delgado; en el incidente actual, el perito contador César Edmundo Soria reclama ejecución de sus honorarios regulados por $250.000 y solicita embargo sobre las cuentas bancarias de la actora por la totalidad.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por el perito y se confirmó el decreto de fecha 22/04/2026 que limitó el embargo contra la actora al 40% de los honorarios, conforme a la imposición de costas de la sentencia del 29/11/2023. Costas conforme al orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como emerge de los antecedentes de la causa, sólo la parte demandada propuso la prueba pericial contable. La actora se abstuvo de ejercer alguna de las alternativas que le ofrecía el art. 340 de la ley 6176 y modificatorias, no propuso el trabajo profesional, la prueba no resultó relevante para la solución del caso y la accionante sólo fue condenada a pagar el 40% de los gastos causídicos.
De lo expuesto se sigue que el límite impuesto en dicha proporción por la resolución impugnada deviene en conforme a derecho, ya que no se configuran ninguno de los supuestos previstos por el art. 340 de la ley 6176 y por el art. 30 de la ley 7897, que legitimen al perito contador para reclamar el total de sus estipendios a la accionante.
En esta dirección, en un caso sustancialmente análogo, nuestra Corte Suprema de Justicia dijo: '… En la línea de razonamiento del fallo en recurso se ha pasado por alto un aspecto trascendental para la recta dilucidación de la cuestión de autos, como ser lo dispuesto por la Ley Nº 7.897, la cual constituye (...) la normativa específica actualmente en materia de honorarios profesionales de los graduados en ciencias económicas que se devengaren en juicio (...). A diferencia de su predecesora, en virtud de la cual la regulación judicial firme daba derecho al perito a ejercitar acción ejecutiva contra ‘todas o cualquiera de las partes’ (...), la ley arancelaria actualmente vigente sólo legitima al experto a accionar por cobro ‘contra el condenado en costas, o contra quien propuso la tarea profesional, o contra ambos en forma conjunta y solidaria’ (...).'
Por lo expuesto, corresponde no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto en subsidio por el Contador César Edmundo Soria en contra de la resolución de fecha 22/04/2026, la que se confirma; con costas por el orden causado, por no mediar contradictorio (arts. 61, inc. 1, y 62 del CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
"I.- NO HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto en subsidio por el Contador CÉSAR EDMUNDO SORIA en contra de la resolución de fecha 22 de abril de 2026, la que se confirma.
II.- COSTAS conforme lo considerado.
III.- RESERVAR honorarios para su oportunidad.
HÁGASE SABER."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.