IGLESIAS RODOLFO EDMUNDO c/ LIBERTAD S.R.L. s/ COBRO DE PESOS
El actor demandó por despido injustificado reclamando indemnizaciones y sumas no remunerativas. La Cámara del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró injustificado el despido por ejercicio abusivo del ius variandi y condenó a la demandada al pago de $201.166,10 más intereses y costas.
¿Quién es el actor?
Rodolfo Edmundo Iglesias.
¿A quién se demanda?
Libertad S.R.L. (empresa de transporte colectivo de pasajeros).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido injustificado; indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, SAC sobre diversos rubros, días trabajados de marzo 2010, vacaciones proporcionales, multa del art. 80 LCT por entrega defectuosa del certificado de servicios, y pago de sumas no remunerativas correspondientes a enero, febrero y marzo de 2010.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró injustificado el despido; se condenó a la demandada al pago de PESOS DOSCIENTOS UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 10/100 ($201.166,10) dentro de los diez días de quedar firme el fallo; se rechazó la aplicación del art. 275 LCT; se impusieron las costas a la demandada; se regularon honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes (texto original):
"El ius variandi es la facultad otorgada por la ley al empleador para modificar de modo no esencial las modalidades de prestación del trabajo, por razones funcionales a la organización empresarial. Es así que el ejercicio de dicho instituto tiene ciertos límites. En primer lugar debe tratarse de un ejercicio razonable, no deben alterarse por esta vía modalidades esenciales del contrato y debe tratarse de que la modificación no cause un perjuicio material y moral al trabajador. Estos requisitos o límites que deben observarse en forma simultánea, entendiéndose así que la trasgresión de cualquiera de ellos, aunque no se afecten los restantes, torna abusivo o ilegitimo el ejercicio del ius variandi."
"Esta dolencia fue probada por el actor, no sólo por el certificado médico obrante a fs. 35 sino que en autos también se produjo una prueba pericial médica en la que el facultativo interviniente concluyó que el actor padece de una limitación funcional en el hombro derecho del 11% y al ser preguntado sobre si el actor podía cumplir las tareas de chofer, éste respondió que NO. Es decir que el impedimento que alegó el actor para negarse al cambio de funciones era veraz."
"Adviértase también que el cambio de funciones que le imponía la accionada era rotundo, puesto que debía comenzar a desempeñar una función que implicaba un cambio determinante de tareas y que le produciría un perjuicio físico al actor que incluso pondría en riesgo la integridad física de los pasajeros y los bienes de la accionada, puesto que efectivamente el actor padecía de una limitación física, conforme ya fue analizado. Es por esto que corresponde tener por no justificado el despido dispuesto por la accionada. Así lo declaro."
"Que conforme surge del certificado de servicios obrante a fs. 41 de autos, el mismo se encuentra defectuosamente confeccionado por cuanto no se incluyen la totalidad de los años de aportes de acuerdo a la cantidad de años de servicios del actor. Es por esto que resulta procedente el pago de la multa establecida en el art. 80 de la L.C.T. Así lo declaro."
Sobre multa por conducta temeraria:
"La parte actora solicita que se aplique el Art. 275 LCT a la demandada por conducta maliciosa y temeraria. Considero que corresponde rechazar la presente, por no estar acreditado en autos los presupuestos necesarios para calificar la conducta de la demandada como temeraria y maliciosa, lo que debe ser analizado con un criterio restrictivo."
Bloque resolutorio (voto mayoritario):
"I. HACER LUGAR a la demanda ... condenando a los demandados a abonar al actor la suma de PESOS DOSCIENTOS UN MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON 10/100 ($ 201.166,10) ... II. NO HACER LUGAR a la sanción establecida por el art. 275 solicitada por el actor. III. COSTAS: de acuerdo al resultado arribado corresponde imponer la totalidad de las costas a la accionada ... IV. REGULAR HONORARIOS ..."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.