INCIDENTE DE REVISION - MACHUCA, MARIA INES C/ MASILY S.A. S/ VERIFICACION DE CREDITO - RECURSO DE CASACION
Se solicitó la excusación del Presidente del Superior Tribunal por encontrarse comprendido en la causal constitucional por haber suscripto la sentencia cuyo recurso se tramita. El Superior Tribunal hizo lugar a la excusación del Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez por entender que su intervención está comprendida en el art. 194 de la Constitución provincial.
¿Quién es el actor?
El Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez, formuló la excusación.
¿A quién se demanda?
Actuación interna del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis en autos “INCIDENTE DE REVISION – MACHUCA MARÍA INÉS c/ MASILY S.A. s/ VERIFICACIÓN DE CREDITO - RECURSO DE CASACION”.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita el apartamiento/recusación (excusación) del juzgador por estar comprendido en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia.
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a la excusación formulada por el Dr. Horacio G. Zavala Rodríguez; registrarse y notificarse. Resolución firmada digitalmente por los Dres. Omar Esteban Uría, Oscar Eduardo Gatica y José Luis Flores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1) Que a fs. sub. 61 en fecha 07/09/2015, el Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ, en razón de haber suscripto la sentencia que viene en recurso en las presentes actuaciones, como Camarista su hijo, el Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ (H), se excusa de entender en la presente causa por estar comprendido en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia.
2) Que atento a lo manifestado, y surgiendo la intervención del Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ (H), a fs. sub. 46/sub. 47 (13/05/15), procede admitir el apartamiento solicitado, por estar comprendido en la causal del art. 194 de la Constitución de la Provincia.
Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación formulada por el Sr. Presidente de este Superior Tribunal, Dr. HORACIO G. ZAVALA RODRÍGUEZ. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final aparece suscripta digitalmente por los Dres. OMAR ESTEBAN URÍA, OSCAR EDUARDO GATICA y JOSE LUIS FLORES, por lo que la decisión adoptada corresponde al acuerdo por mayoría.
Fechas relevantes: fs. sub. 61 (07/09/2015); intervención a fs. sub. 46/sub. 47 (13/05/2015); resolución de fecha San Luis, 11 de noviembre de 2015.
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