JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ROUSSET AGUSTINA PRISCILA c/ INSTITUTO DE PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA PROVINCIA s/ AMPARO

La actora promovió amparo solicitando cobertura integral (100%) de cirugía percutánea y endourológica con tecnología láser y materiales asociados por litiasis coraliforme con función renal comprometida. La Cámara hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y ordenó al IPSST la cobertura integral de la cirugía, materiales y honorarios del Dr. José Mario Attar (MP 5960), rechazando una pretensión genérica y eventual de prestaciones adicionales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE FERIA - Civil, del Trabajo, Cont. Adm., Doc. y Loc. y Flia y Suc (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DE FERIA - Civil, del Trabajo, Cont. Adm., Doc. y Loc. y Flia y Suc
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
320/26
Amparo Medida cautelar Obra social Ipsst Litiasis coraliforme Nefrolitotomia percutanea Tecnologia laser Continuidad asistencial Dr. jose mario attar Cobertura integral

¿Quién es el actor?

Agustina Rousset (DNI 42.548.579).

¿A quién se demanda?

Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán (IPSST).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar dentro de acción de amparo para que el IPSST brinde cobertura integral (100%) de la intervención quirúrgica percutánea y por vía endourológica (ECIRS), colocación de catéter Doble J, materiales de endourología láser y de nefrolitotomía percutánea, internación en habitación privada, derechos sanatoriales, descartables y medicamentos; y, en forma general, “todas aquellas prestaciones que guarden estricta relación con la patología y sean necesarias para permitir el desarrollo de la cirugía solicitada”.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, en feria, hizo lugar parcialmente a la medida cautelar y ordenó al IPSST brindar cobertura integral (100%) de la intervención quirúrgica percutánea y por vía endourológica, de los materiales de endourología láser y de nefrolitotomía percutánea detallados en el fallo, internación y demás ítems expresados, a cargo del Dr. José Mario Attar MP 5960 (siempre que esté debidamente habilitado). No hizo lugar a la pretensión cautelar general y eventual de “todas aquellas prestaciones…” y dispuso librar oficio a la interventora del IPSST previa caución juratoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En segundo lugar, con el dictamen del Cuerpo de Peritos Médicos Oficiales del Poder Judicial de fecha 16/06/26, quien a través de la Dra. María Eleonora del Valle Lescano, concluye que la Sra. Rousset Agustina Priscila, DNI 42.548.579, de 26 años, presenta diagnóstico de 'litiasis coraliforme completa en riñón izquierdo, con funcionalidad renal comprometida'; el médico especialista indica cirugía percutánea por vía endourológica más colocación de catéter JJ; que lo solicitado es 'necesario y adecuado', debido a la necesidad de preservación de la función renal. Estima que la colocación del catéter Doble J es necesaria para mantener la vía urinaria permeable, evitando que la acumulación de orina (hidronefrosis), perpetúe un ambiente de bacteriuria colonizante y comprometa la vitalidad del tejido renal, sumado a la prevención de complicaciones infecciosas graves, como consecuencia de la obstrucción urinaria prolongada."

"El perito médico oficial concluye que 'en el caso de la Sra. Rousset, quien tiene diagnóstico de litiasis coraliforme completa de riñón izquierdo y funcionalidad renal comprometida, la incorporación de tecnología láser como fuente de litotricia intracorpórea se encuentra respaldada por la evidencia científica y por las guías de práctica clínica de referencia internacional (EAU y AUA, actualización 2025-2026). Sus beneficios concretos —mayor eficacia de fragmentación independiente de la dureza del cálculo, menor trauma parenquimatoso y consecuente preservación funcional renal, menor sangrado y riesgo de complicaciones mayores, menor necesidad de trayectos percutáneos múltiples y menor tasa de reintervenciones— configuran un fundamento médico razonable y proporcionado para su indicación en este caso, particularmente dado el compromiso funcional preexistente del riñón afectado, que exige minimizar todo factor adicional de daño parenquimatoso'."

"Por ello, corresponde inclinarse por la preeminencia del profesional propuesto por la propia amparista, siempre y cuando se encuentre debidamente habilitado."

"Por lo demás, el requerimiento de 'todas aquellas prestaciones que guarden estricta relación con la patología y sean necesarias para permitir el desarrollo de la cirugía solicitada' no luce viable ya que se trata de una pretensión eventual, hipotética y conjetural, que no reúne los presupuestos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora exigidos para la tutela provisoria."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el dispositivo; la parte resolutiva final es la que manda.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.