PAIZ CARLOS ALBERTO c/ LEON ALPEROVICH GROUP S.A. Y OTRO s/ ESPECIALES (RESIDUAL)
La actora reclamó por defectos en un vehículo 0 km y ejerció la opción resolutoria por incumplimiento de la garantía. La Corte declara inadmisible el recurso de casación de León Alperovich Group S.A., confirmó la responsabilidad solidaria de los intervinientes en la cadena de comercialización y ratificó la aplicación de indemnizaciones y multa civil por actos desaprensivos.
¿Quién es el actor?
Paiz Carlos Alberto.
¿A quién se demanda?
León Alperovich Group S.A. y Plan Óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados (entre otros).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación por vicio/defecto del módulo GEM del automóvil 0 km; resolución del contrato, indemnizaciones por privación de uso, daño moral y aplicación de daños punitivos (multa civil) por incumplimiento de la garantía.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por León Alperovich Group S.A.; con ello se confirmó en sus líneas esenciales la sentencia de la Cámara que reconoció la responsabilidad solidaria de los intervinientes en la cadena de comercialización (art. 13 y 40 LDC), declaró procedente la opción resolutoria y las condenas accesorias, elevó montos indemnizatorios a $250.000 (desglosados: $100.000 por privación de uso, $50.000 por daño moral y $100.000 por daño punitivo aplicable sólo a León Alperovich Group S.A.) y revocó la multa civil impuesta a Plan Óvalo S.A.; impuso costas conforme su decisorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) Sobre responsabilidad solidaria y contratos conexos:
"es la obligación que la ley impone a los sucesivos sujetos intervinientes en los procesos de producción, fabricación, importación, distribución y comercialización de productos o servicios ... por la cual tienen el deber temporal de, gratuitamente, reparar los productos o prestar nuevamente los servicios que sean defectuosos".
"De allí que las demandadas, intervinientes de un modo directo o indirecto en la operación que diera origen al presente litigio, sean responsables de un modo concurrente (in solidum) ante el actor por el cumplimiento de la obligación de garantía, en los términos del art. 13 de la Ley Nº 24.240, quedando a salvo las acciones de repetición que entre ellas pudieran corresponder."
2) Sobre la procedencia de la opción resolutoria y la falta de reparación:
"las cartas documentos ... con fecha 8 de octubre de 2014 ... generan convicción a ese Tribunal ... sobre la falta de una reparación satisfactoria en un tiempo razonable -pasaron más de dos meses desde el ingreso al taller- de la falla grave en el módulo GEM ... lo cual habilita la opción resolutoria ejercida por su parte."
3) Sobre daños punitivos (art. 52 bis Ley 24.240) e interpretación:
"no basta con el mero incumplimiento legal o contractual para que sean aplicables los daños punitivos ... se requiere la concurrencia de un elemento objetivo y de otro subjetivo. ... El transcurso de dos meses desde el ingreso al taller ... el silencio guardado ante las intimaciones por carta documento, la falta de información precisa ... constituye al menos una grave negligencia y conducta desaprensiva ... tornan aplicable a León Alperovich Group S.A. la multa civil ... Eleva la multa a la suma de $100.000 ... Atendiendo al carácter personal de la multa, como toda sanción, sostiene que no resulta extensible solidariamente a Plan Óvalo S.A."
4) Sobre inadmisibilidad del recurso de casación:
"se concluye que el recurso debe ser declarado inadmisible, con costas a la vencida por ser ley expresa (art. 105 procesal)."
"el recurso de casación incoado no es autosuficiente y no se basta a sí mismo. No contiene la relación completa del asunto ... No se advierte que el memorial casatorio contenga el relato de los antecedentes relevantes ... ni la mención clara y concreta de los argumentos del auto recurrido."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto preopinante del Dr. Daniel O. Posse; adhirieron los Dres. Daniel Leiva y Eleonora Rodríguez Campos. Decisión unánime por inadmisibilidad.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
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