JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CANTERO MERCEDES MARGARITA c/ PAZ POSSE MARCOS EZEQUIEL Y OTRA s/ ACCIONES POSESORIAS

La actora promovió acción posesoria reclamando aproximadamente 5,97 ha y la vivienda en que reside. La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y reconoció la legitimación activa de Mercedes Margarita Cantero sólo respecto de la vivienda y del ámbito material inmediatamente necesario para su uso habitacional, desestimando la pretensión posesoria sobre el resto de la superficie.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1609/18
Accion posesoria Legitimacion activa Posesion Vivienda Superficie rural Excepcion de falta de legitimacion Pruebas documental y confesional Plano de mensura Catastro Costas

¿Quién es el actor?

Sra. Mercedes Margarita Cantero (DNI 12.824.924).

¿A quién se demanda?

Marcos Paz Posse y otro/s.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción posesoria (manutención posesoria) sobre vivienda y aproximadamente 5 hectáreas 9706,44 m².

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación; se revocó parcialmente la sentencia de 06/06/2024 que había hecho lugar íntegramente a la excepción de falta de legitimación activa. Se rechazó parcialmente la excepción reconociendo legitimación activa de la actora solo respecto de la vivienda que ocupa y del ámbito material inmediato necesario para su uso habitacional; se desestimó la pretensión posesoria respecto del resto de la superficie. Se impusieron las costas de ambas instancias por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Sentado ello, para el progreso de las acciones posesorias reguladas en el Código Civil (arts. 2468, 2469, 2496 y ss. C.C.), quien las intenta debe acreditar de manera insoslayable la posesión actual, efectiva y libre de vicios al momento en que se aduce producida la turbación o despojo.

...

En consecuencia, no resulta posible sostener —como lo hace la sentencia apelada— que la actora no acreditó posesión alguna y por ello carecia de legitimacion. Por el contrario, la existencia del corpus respecto de la vivienda aparece demostrada mediante prueba documental, testimonial y confesional.

Ahora bien, distinta solución corresponde respecto del resto de la superficie cuya protección también pretende la actora. ... El plano mencionado carece de aprobación administrativa definitiva y el informe de la Dirección General de Catastro da cuenta de que el expediente correspondiente fue observado. Más importante aún, las restantes pruebas producidas no permiten determinar con suficiente precisión los límites de esa posesión ni individualizar concretamente el ámbito territorial sobre el cual se habrían ejercido actos posesorios exclusivos, ni cuales habrian sido esos actos."

¿Cómo votaron los jueces?

la sentencia fue dictada por coincidencia de votos del primer y segundo votante (Dres. María Dolores Leone Cervera y María del Pilar Amenábar), resultando mayoría que resolvió como se consignó.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.