JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ALANIS MONICA ANGELICA c/ CHEIN LUCIANO Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió acción por daños y perjuicios contra Cheín y otros reclamando montos por daños emergentes, lucro cesante y daño moral. La Cámara anuló la regulación de honorarios de primera instancia, fijó una nueva base regulatoria de $3.218.149,44 y reguló nuevamente los honorarios tanto del proceso principal como de los incidentes y de la segunda instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
302/16
Regulacion de honorarios Danos y perjuicios Base regulatoria Dano moral Lucro cesante Intereses Anulacion y sustitutiva Apelacion Costas de alzada Ley 5480.

¿Quién es el actor?

Alanís Mónica Angélica (parte actora).

¿A quién se demanda?

Cheín Luciano y otro (y citada en garantía, aseguradora Paraná Seguros S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente (daños emergentes, lucro cesante y daño moral).

¿Qué se resolvió?

Se declaró la nulidad de la sentencia n° 364/28-12-2020 en cuanto a la base regulatoria y la regulación de honorarios, dictándose una sentencia sustitutiva que fija la base regulatoria en $3.218.149,44 (a la fecha 28/12/2020) y regula honorarios para los letrados por el proceso principal, incidentes y segunda instancia conforme se detalla en el dispositivo. Además se regularon honorarios de Alzada por las apelaciones y se impusieron las costas de la alzada por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A diferencia de lo expuesto por la Sentenciante, estimamos que la base regulatoria queda conformada por los daños materiales reclamados por la actora, esto es $30.000 (los cuales solo progresaron por la suma de $16.000). En cuanto a los daños de apreciación subjetiva, resulta correcto incluir el reclamo de daño moral (daño no patrimonial), que progresó por $500.000, pero también hay que incluir el reclamo por lucro cesante."

"En consecuencia, los rubros de carácter subjetivo a la fecha de la sentencia regulatoria de honorarios de primera instancia ascienden a daño moral ($1.423.959,94) más lucro Cesante ($1.708.751,92). A lo que se debe sumar los daños de carácter objetivo en concepto de daño material que ascienden a $85.437,60. Conforme lo expuesto, la base regulatoria asciende a $3.218.149,44 ($85.437,60 en concepto de daño material, más $3.132.711,84 en concepto de daños de apreciación subjetiva)."

"En consecuencia, corresponde dejar sin efecto la sentencia n° 364 del 28 de diciembre de 2020, y dictando la sustitutiva, queda redactada de la siguiente manera: 'I) FIJAR como base regulatoria del presente la suma de $3.218.149,44 a la fecha de la sentencia de primera instancia (28/12/2020). II).- REGULAR HONORARIOS por el proceso principal ...'"

Asimismo, respecto de la segunda instancia: "Para la determinación de honorarios correspondientes a esta instancia conforme dispone el art. 51 de la Ley 5480, se utiliza la base regulatoria fijada en $3.218.149,44 al 27/12/2020 ... A esa base, cabe añadir los intereses ... por lo que la base regulatoria asciende a $4.070.077,06 ... Por ello, se le regula al letrado Antonio Clemente Díaz ... y al letrado Álvaro Martin Antoni Barrios ... $141.943,93."

¿Cómo votaron los jueces?

no se consignan votos en disidencia en el dispositivo; el acuerdo aparece firmado por dos magistradas (Dra. María José Posse y Dra. Mirtha Inés Ibáñez de Córdoba).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.