YAPUR OSVALDO RENE c/ VALOR s/ AMPARO A LA SIMPLE TENENCIA
La actora interpuso recurso de queja por casación denegada contra la providencia del 26/08/2021 referida a un amparo a la simple tenencia. La Corte declaró inadmisible el recurso por falta de impugnación a una sentencia definitiva y por no acreditarse el depósito de ley ni el cumplimiento del art. 755 del CPCCT, adhiriendo al dictamen del Ministerio Fiscal.
¿Quién es el actor?
Yapur Osvaldo René (actora).
¿A quién se demanda?
Valor (según carátula: “Yapur Osvaldo René c/ Valor s/ Amparo a la simple tenencia”).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo a la simple tenencia.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada interpuesto contra la providencia de fecha 26/08/2021 y se ordenó protocolizar el dictamen del Señor Ministro Fiscal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Viene a conocimiento y resolución del Tribunal el recurso de queja por casación denegada interpuesto por la actora en 'contra de la providencia del 26 de agosto de 2021' emitida por la Jueza en Documentos y Locaciones de la IX° Nominación."
"Analizadas las constancias que integran estos actuados se advierte que el recurso ha sido objeto de un adecuado tratamiento por parte del señor Ministro Fiscal en su intervención de fecha 7 de septiembre de 2021, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite, en el sentido de que el acto jurisdiccional que ha resuelto 'encontrándome desprendida de la jurisdicción, ocurra por la vía y forma y que corresponda' ha sido interpretado por la recurrente como 'rechazo' de un recurso de casación. El planteo así concebido resulta inadmisible en tanto no se advierte impugnación a una sentencia definitiva ni tampoco un acto jurisdiccional de la Cámara que deniegue un recurso de casación; del mismo modo que no se acredita en el caso el depósito de ley ni el cumplimiento estricto de las copias exigidas por el art. 755 del CPCCT."
Bloque dispositivo final:
"I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por casación denegada interpuesto por por la actora en 'contra de la providencia del 26 de agosto de 2021' emitida por la Jueza en Documentos y Locaciones de la IX° Nominación.
II.- DISPONER que se protocolice a la presente sentencia el dictamen del señor Ministro Fiscal.
HÁGASE SABER."
(Voto del Tribunal suscripto digitalmente por Dra. Claudia Beatriz Sbdar - Presidenta, Dr. Daniel Oscar Posse - Vocal, Dr. Daniel Leiva - Vocal.)
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