CAMARGO JORGE VALENTIN C/ POZO CARLOS ALBERTO Y OTRO - DEMANDA LABORAL - RECURSO DE CASACION.-
La Ministro Dra. Lilia Ana Novillo planteó excusación por parentesco respecto de la intervención del Dr. Raúl Alberto Funes en autos de demanda laboral. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la excusación porque el parentesco invocado excede la causal legal y el art. 30 dispone que no será motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que actúen en cumplimiento de sus deberes.
¿Quién es el actor?
Camargo Jorge Valentín (autos caratulados).
¿A quién se demanda?
Pozo Carlos Alberto y otro (parte principal de la causa laboral).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Es la causa principal de "Demanda laboral – Recurso de casación" (IURIX EXP N° 139704/7). En el incidente en análisis se planteó la excusación de la Ministro Dra. Lilia Ana Novillo por el parentesco con persona interviniente.
¿Qué se resolvió?
Rechazar la excusación planteada por la Sra. Ministro, Dra. Lilia Ana Novillo. Notifíquese y regístrese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que a fs. 451, en fecha 10/08/16, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. Lilia Ana Novillo, se excusó de entender en la presente causa, en virtud de haber intervenido como Juez de Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, el Dr. Raúl Alberto Funes, quien es esposo de Analía Rosario Alonso, con quien guarda parentesco dentro del 4º grado de consanguinidad, hallándose comprendida en la causal de los arts. 17 inc. 1º y 30 del CPC y C.
Que, a pesar del loable planteo de la Ministro que se excusa, en delicada salvaguarda de mantener la imparcialidad en el trámite procesal, no parece incursa en la cuadratura jurídica invocada, ya que la vinculación parental descripta excede la causal legal de excusación contenida en el inc. 1º del art. 17 de la ley de rito; en tanto que los motivos de “decoro y delicadeza” previstos en el art. 30 del código adjetivo se encuentran con el valladar de la parte final de la misma norma que reza: '…No será motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes…', circunstancia que ha acontecido con la intervención del Dr. Funes en la calidad descripta por la Dra. Novillo."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final que rechaza la excusación está firmada digitalmente por los Dres. Omar Esteban Uría, Horacio G. Zavala Rodríguez y Gloria Olga Sosa Lago de Tarazi, constituyendo el acuerdo del Tribunal.
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