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Tribunal Superior

BIMBO DE ARGENTINA S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO - S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.-

Se planteó excusación del Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. Omar Esteban Uría, por vinculación con abogados que representan a la demandada. El Superior Tribunal aceptó la excusación por configurarse la causal prevista, y ordenó su registro y notificación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 282736/15
Excusa Recusacion Parentesco Abstencion Municipalidad de villa de merlo Bimbo de argentina s.a. Superior tribunal de justicia san luis Contencioso administrativo Registro y notificacion 29/09/2016

¿Quién es el actor?

Bimbo de Argentina S.A. (actor en la causa principal).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Villa de Merlo (demandada en el proceso principal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de excusación del Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. Omar Esteban Uría, por posible incompatibilidad o causal de abstención.

¿Qué se resolvió?

Aceptar la excusación formulada por el Dr. Omar Esteban Uría; registrar y notificar la resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fs. 43, el 29/09/2016, surge pedido de excusación del Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA, advirtiendo que sus hijos, los Dres. PABLO ANDRÉS URÍA y LUCIANA URÍA, con quienes se encuentra vinculado por parentesco en 1° grado de consanguinidad, se encuentran actualmente con poder de representación de la demandada Municipalidad de Villa de Merlo.

Que conforme a lo manifestado y a lo ya resuelto en autos “MERCAU MARIA DEL ROSARIO y OTRO c/ MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE MERLO – DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD” - IURIX N° 187075/10, S.I. Nº 183/14 (15/05/14)-, procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal señalada.

Por ello, SE RESUELVE: Aceptar la excusación formulada por el Sr. Presidente del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA.REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan disidencias; la Resolución está firmada digitalmente por los Dres. Horacio G. Zavala Rodriguez, Lilia Ana Novillo y Gloria Olga Sosa Lago de Tarazi.

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