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Tribunal Superior

SLOTS MACHINES S.A. C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO, PROVINCIA DE SAN LUIS - DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD.-

El demandante promueve acción de inconstitucionalidad contra la Municipalidad de Villa de Merlo; el incidente trata la excusación de magistrado por vínculo familiar con apoderados de la demandada. El Superior Tribunal aceptó la excusación del Dr. Omar Esteban Uría por encontrarse configurada la causal del art. 17 inc. 1º, registrando y notificando la resolución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 305307/17
Excusacion Recusacion Art. 17 inc. 1? Parentesco Conflicto de intereses Inconstitucionalidad Municipalidad de villa de merlo Intervencion judicial Gestion informatico Tribunal superior

¿Quién es el actor?

SLOTS MACHINES S.A. (actuación principal: “SLOTS MACHINES S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO, PROVINCIA DE SAN LUIS - DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD”).

¿A quién se demanda?

MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO, PROVINCIA DE SAN LUIS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de inconstitucionalidad contra actos municipales (causa principal).

¿Qué se resolvió?

Se aceptó la excusación formulada por el Sr. Ministro del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA, debiendo registrarse y notificarse la aceptación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en fecha 13/02/2017, mediante actuación Nº 6705153/17, el Sr. Ministro del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA se excusa de intervenir en la presente causa advirtiendo que sus hijos, los Dres. PABLO ANDRÉS URÍA y LUCIANA URÍA, con quienes se encuentra vinculado por parentesco en 1° grado de consanguinidad, se encuentran actualmente con poder de representación de la demandada."

"Que conforme a lo manifestado y a lo ya resuelto en autos 'MERCAU MARÍA DEL ROSARIO y OTRO c/ MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE MERLO – DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD' - IURIX N° 187075/10, S.I. Nº 183/14 (15/05/14)-, procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal en la causal del art. 17 inc. 1º."

Texto del dispositivo final (transcripción literal):

"SE RESUELVE: Aceptar la excusación formulada por el Sr. Ministro del Superior Tribunal, Dr. OMAR ESTEBAN URÍA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

Firma y fecha: Resolución firmada digitalmente por los Ministros Lilia Ana Novillo, Martha Raquel Corvalán y Carlos Alberto Cobo. Fecha de la resolución: 8 de agosto de 2017.

Observación sobre el acuerdo: la decisión fue adoptada por el Tribunal (bloque dispositvo firmado por los tres ministros), no emergen disidencias expresadas en el dispositivo.

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