SANCHEZ CESAR OSVALDO C/ ASOCIART ART S.A. Y OTROS S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACION
El actor promovió recurso de casación por accidente o enfermedad laboral contra ASOCIART ART S.A. y otros. El Superior Tribunal hizo lugar a la excusación planteada por el Procurador General, por existir vínculo de parentesco con apoderados de la parte actora.
¿Quién es el actor?
Sánchez César Osvaldo.
¿A quién se demanda?
ASOCIART ART S.A. y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente o enfermedad laboral, con presentación de recurso de casación.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excusación planteada por el Sr. Procurador General Dr. Fernando Oscar Estrada y se ordenó su registración y notificación. La decisión se adoptó por el Superior Tribunal y está firmada digitalmente por los Dres. Lilia Ana Novillo, Omar Esteban Uría, Martha Raquel Corvalán y Carlos Alberto Cobo. Fecha: 10/08/2017 (San Luis).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en fecha 09/05/17, mediante actuación IURIX Nº 7170955, el Sr. Procurador General, Dr. FERNANDO OSCAR ESTRADA, se excusa de entender en la presente causa en virtud de lo expuesto en los arts. 30 y 17 incs. 2 y 9 del CPC y C, atento la intervención en la misma, del Dr. EDUARDO LUIS ESTRADA DUBOR, con quien guarda parentesco dentro del 4° grado de consanguinidad y de la Dra. MARIANA GRACIELA ESTRADA, con quien guarda parentesco dentro del 5° grado de consanguinidad."
"Que efectivamente, de las constancias de autos surge la intervención de los Dres. Eduardo Luis Estrada Dubor y Mariana Graciela Estrada, como apoderados de la parte actora, razón por la cual y conforme a lo previsto el art. 17 inc. 1° del CPC y C, cabe aplicar el criterio, con respecto al primero, mantenido por este Superior Tribunal en innumerables precedentes ... y admitir el apartamiento solicitado por configurarse el art. 17 inc. 1° del CPC y C.Por ello, SE RESUELVE: Hacer lugar a la excusación planteada por el Sr. Procurador General Dr. FERNANDO OSCAR ESTRADA.REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-"
(Se conserva la literalidad y las referencias normativas citadas en el pronunciamiento.)
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución dispositiva final está suscripta y firmada digitalmente por los cuatro ministros mencionados, siendo la resolución de la que resulta el fallo.
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