JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

OLIVERA AGUIRRE MARIA SOLEDAD C/ AGUNDEZ HUMBERTO S/ ACCION DE SIMULACION -RECURSO DE QUEJA-

Terceros compradores a título oneroso impugnan la denegatoria del levantamiento de una cautelar que impedía la inscripción registral por presunta simulación. El Superior Tribunal admitió la queja y concedió el Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia, requiriendo la remisión del expediente principal para su tratamiento definitivo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 295719/16
Simulacion Cautelar Inscripcion registral Terceros compradores de buena fe Arbitrariedad de sentencia Recurso de queja Recurso de inconstitucionalidad Remision de expediente San luis Ley 17.801

¿Quién es el actor?

Marcela Carina Cadelago y Eduardo Rodolfo Giménez (terceros compradores).

¿A quién se demanda?

Autos relativos a “OLIVERA AGUIRRE MARÍA SOLEDAD c/ AGUNDEZ HUMBERTO s/ ACCIÓN DE SIMULACIÓN” (y la actuación de la Cámara Nº1 que denegó el pedido).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Levantamiento de una medida cautelar y inscripcional que impide la inscripción de la transferencia de dominio de un inmueble adquirido por los recurrentes a título oneroso y de buena fe; se impugna la providencia/cautelar y la denegatoria de recursos (recurso extraordinario/queja).

¿Qué se resolvió?

Se admitió la queja y se concedió el Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia; se requirió la remisión del expediente principal y se acumularon las actuaciones a los autos principales para ulterior resolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Al mismo tiempo, si bien este Tribunal ha sostenido reiteradamente que las decisiones referentes a medidas cautelares no revisten, en principio, el carácter de sentencia definitiva para la procedencia del recurso extraordinario (cfr. entre otros: STJSL-S.J. Nº 184/09 “SERVICIO AUTOTRANSPORTE INTEGRAL S.A (SAISA) c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-', Expte. Nº 28S-2006, del 24/04/09); las particulares circunstancias que se presentan en la causa, y las concretas razones que los recurrentes plantean en orden a defender la existencia de un gravamen irreparable, autorizan que en el sub lite la resolución que se impugna se equipare a definitiva y consecuentemente habilite la apertura de la instancia extraordinaria. (en igual sentido, CSJN, Fallos: 323:337, 329:440; 330:5251, entre muchos otros)."

"Por otra parte, con los alcances propios de esta instancia, examinamos el recurso de inconstitucionalidad planteado y sus fundamentos y de estos se vislumbra, que la hipótesis de arbitrariedad habría sido articulada correctamente y guardaría una elemental conexión con las constancias de la causa, por lo que, sin perjuicio de lo que en definitiva se resuelva, el recurso de inconstitucionalidad debe concederse."

"SE RESUELVE: I) Admitir la queja, concediendo el Recurso de Inconstitucionalidad por la causal no reglada de arbitrariedad de sentencia, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva. II) Requerir la remisión del Expediente Principal, oficiándose a sus efectos. III) Acumúlense las presentes actuaciones a los autos principales. IV) Cumplido, se proveerá lo que corresponda. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

el expediente menciona el "voto en disidencia del Dr. Zavala Rodriguez (h)" como antecedente señalado por los recurrentes; no obstante, la resolución final del Tribunal admitió la queja por mayoría (firmado por los Dres. Novillo, Corvalán y Cobo).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.