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Tribunal Superior

DRA. VILLEGAS NORA GRACIELA - S/ PONE EN CONOCIMIENTO.-

La Jueza de Sentencia puso en conocimiento la situación procesal relativa al tratamiento inadecuado del recurso de apelación planteado contra sentencia de juicio oral por lesiones culposas. El Superior Tribunal ordenó el archivo de las actuaciones, coincidiendo con el dictamen del Procurador General y advirtiendo la necesidad de que la Cámara Penal cumpla estrictamente el Código Procesal Criminal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
ESC 2437/16
Causa penal Archivo de actuaciones Apelacion vs casacion Art. 427 c.p. crim. Juez de sentencia Procurador general Camara penal n?2 Tramite procesal Sentencia de juicio oral Lesiones culposas.

¿Quién es el actor?

La Jueza de Sentencia Penal, Correccional, Contravencional y de Ejecución Penal de la Segunda Circunscripción, Dra. Nora Graciela Villegas, quien pone en conocimiento del Alto Cuerpo la cuestión.

¿A quién se demanda?

No hay una demanda contra una parte procesal; se trata de un planteo dirigido al Superior Tribunal respecto del trámite procesal seguido por la Cámara Penal N° 2 y/o de la actuación en autos “BILAÑSKY JORGE IGNACIO – LÓPEZ DE SOSA OFELIA EDIT. AV. LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO” PEX. 119277/12.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se trata de poner en conocimiento que la Cámara Penal N° 2 revocó la denegatoria de una apelación contra sentencia de juicio oral, disponiendo el tratamiento de la apelación cuando, según la Jueza de Sentencia, correspondía la casación conforme art. 427 del C. P. Crim.; se solicita pronunciamiento sobre el trámite adecuado.

¿Qué se resolvió?

Ordenar el archivo de las actuaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fs. 18/21, la Sra. Juez de Sentencia Penal, Correccional, Contravencional y de Ejecución Penal de la Segunda Circunscripción Judicial, Dra. Nora Graciela Villegas, pone en conocimiento de este Alto Cuerpo y a los fines que hubiere lugar, que por ante su Juzgado tramita la causa caratulada: 'BILAÑSKY JORGE IGNACIO – LÓPEZ DE SOSA OFELIA EDIT. AV. LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO' PEX. 119277/12, en la que se celebró el correspondiente debate oral y mediante Sentencia Definitiva N° 17, se declaró a JORGE IGNACIO BILAÑSKY culpable como autor responsable del delito de Lesiones Culposas (art. 94 del C. Penal)."

"Que mediante actuación IURIX 7329207 del 07/06/17, el Sr. Procurador General emite dictamen en los siguientes términos: '…teniendo en cuenta que la cuestión sometida a estudio no importa un recurso ni una cuestión de competencia y tal como lo establece el artículo 231 de la Constitución de la Provincia, propicio el archive de las actuaciones.'"

"Que entrando en el análisis de la cuestión traída a estudio, y sin perjuicio de tener presente lo manifestado por la Sra. Juez de Sentencia, enfatizando en la necesidad de que los Sres. Jueces de la Cámara Penal N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, den estricto cumplimiento a las disposiciones del Código Procesal Criminal, compartimos lo dictaminado por el Sr. Procurador General, y por ello, consideramos corresponde ordenar el archivo de la causa."

¿Cómo votaron los jueces?

la resolución final dispone "Ordenar el archivo de las actuaciones. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE." La resolución está firmada por los Sres. Ministros Lilia Ana Novillo, Martha Raquel Corvalán y Carlos Alberto Cobo.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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