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Tribunal Superior

INCIDENTE RECURSO DE CASACION EN AUTOS: COTAL HERNAN EDGARDO - LESIONES CON ARMA DE FUEGO

La defensa técnica de Cotal Hernán Edgardo interpuso recurso de casación contra el auto interlocutorio que rechazó el beneficio de suspensión del juicio a prueba. El Superior Tribunal de Justicia declaró desierto el recurso por resultar extemporánea su fundamentación y dispuso costas al vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 92845/1
Recurso de casacion Desierto Extemporaneidad Fundamentacion fuera de termino Art. 430 c.p. crim. Suspension del juicio a prueba Lesiones con arma de fuego Costas al vencido Admisibilidad Penal.

¿Quién es el actor?

La defensa técnica de Cotal Hernán Edgardo.

¿A quién se demanda?

Cámara del Crimen N°1 de la Segunda Circunscripción (auto interlocutorio Nº 129 que rechazó la suspensión del juicio a prueba).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra el Auto Interlocutorio Nº 129 por rechazo del beneficio de suspensión del juicio a prueba.

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el recurso de casación por fundar fuera de término (fundamentación extemporánea). Se impusieron costas al vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tal encomienda considero, que como bien lo señala el Sr. Procurador General en su dictamen, el recurso ha sido fundado más allá del plazo previsto por el art. 430 del C.P. Crim.

En efecto, del Expediente caratulado: “COTAL HERNÁN EDGARDO -LESIONES CON ARMA DE FUEGO.” IURIX PEX. 92845/11 surge que la resolución impugnada se notificó en fecha 6/06/2014, de ahí que la fundamentación presentada el día 26/06/2016 (fs. sub 10), es extemporánea.

Frente a ello se impone recordar, que el término para fundar el recurso es perentorio, y por consiguiente, la no presentación del escrito dentro del plazo establecido, es razón suficiente para declarar la deserción del recurso, siendo innecesario continuar con el examen de los demás recaudos formales. (cfr. STJSL-S.J.–S.D. Nº 121/16, “GIL GABRIEL EDUARDO, AV. AMENAZAS REITERADAS CON ARMA DE FUEGO - RESISTENCIA A LA AUTORIDAD LESIONES – RECURSO DE CASACIÓN” IURIX PEX N° 113205/12, del 7/07/2016)."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Lilia Ana Novillo, Martha Raquel Corvalán y Carlos Alberto Cobo votaron en igual sentido, conforme consta en la sentencia; el acuerdo final dispone: "I) Declarar desierto el Recurso de Casación interpuesto, por resultar extemporánea su fundamentación II) Costas al vencido."

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