INCIDENTE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN BANCO SAN LUIS Y BANCO SAN LUIS S.A DAMNIF. ALCARAZ RAMON LORENZO
La Sra. Ministro del Superior Tribunal de Justicia, Dra. Martha Raquel Corvalán, solicitó excusarse de intervenir en el trámite por haber sido apoderada del Banco San Luis S.A. El Tribunal rechazó el pedido de excusación al entender que no surge la efectiva intervención de la Dra. Martha Raquel Corvalán en representación de la denunciada y que no se configuró la causal prevista en los arts. 30 y 17 inc. 7° del C.P.C. y C.
¿Quién es el actor?
La Sra. Ministro del Superior Tribunal de Justicia, Dra. Martha Raquel Corvalán (formuló el pedido de excusación).
¿A quién se demanda?
No hay "demandado" en sentido procesal del incidente; el expediente principal está caratulado contra BANCO SAN LUIS S.A. y BANCO SAN LUIS (demandados en la causa de fondo) y el damnificado es ALCARÁZ RAMON LORENZO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pedido de excusación de la Sra. Ministro Dra. MARTHA RAQUEL CORVALÁN para no intervenir en el incidente relativo al "RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN BANCO SAN LUIS y BANCO SAN LUIS S.A. DAMNIF. ALCARÁZ RAMON LORENZO".
¿Qué se resolvió?
Rechazar el pedido de excusación formulado por la Dra. Martha Raquel Corvalán. Resolución firmada digitalmente por los Ministros Novillo, Cobo y Tardieu de Quiroga.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1) Que mediante actuación Nº 7810428, en fecha 13/09/17, la Sra. Ministro del Superior Tribunal de Justicia de San Luis, Dra. MARTHA RAQUEL CORVALÁN se excusa de entender en la presente causa, en razón de haber sido apoderada de la denunciada Banco San Luis S.A., por encontrarse comprendida en la causal contemplada por el art. 17 inc. 7° del C.P.C y C., y art. 30 CPC y C.
Que sobre el punto, cabe estar a lo resuelto en autos "GODOY MANUEL c/ BANCO SAN LUIS S.A s/ LABORAL -RECURSO DE APELACIÓN DIRECTO” EXP 295826/16 (STJSL-S.J. – S.I. Nº 424/17) y rechazar la excusación habida cuenta que de la compulsa de las constancias de la causa no surge la efectiva intervención de la Dra. Martha Raquel Corvalán en representación de la denunciada."
"2) Por lo que, no habiéndose configurado la situación prevista en los arts. 30 y art. 17 inc. 7 del Código de Procedimientos Civil y Comercial, propiciamos el rechazo del planteo. (art. 27 CPCrim)."
"SE RESUELVE: Rechazar el pedido de excusación formulado por la Sra. Ministro del Superior Tribunal de Justicia, Dra. MARTHA RAQUEL CORVALÁN.
REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución final está firmada por los Sres. Ministros LILIA ANA NOVILLO, CARLOS ALBERTO COBO y BEATRIZ AGUSTINA TARDIEU DE QUIROGA, integrando la decisión del Tribunal conforme al bloque dispositvo citado.
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