RECURSO DE CASACION EN AUTOS: HERNANDEZ MARCELO ANIBAL - SOMBRA RAUL ANGEL - VINUESA MARIO JUAN PABLO - AV. ROBO DOBLEMENTE CALIFICADO - DOS HECHOS (DR. FLAVIO AVILA)
Recurso de casación interpuesto por la defensa de Rubén Antonio Pere contra la sentencia por robo agravado; se declara desierto por fundación extemporánea. El Superior Tribunal de Justicia consideró vencido el plazo de fundamentación previsto en el art. 430 del Código Procesal Criminal y, por mayoría, declaró desierto el recurso imponiendo costas al recurrente.
¿Quién es el actor?
Dr. Flavio Ávila en carácter de defensor de Rubén Antonio Pere (parte recurrente).
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y Correccional N°1 de la Segunda Circunscripción Judicial (recurrida).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de Casación contra la Sentencia N°13 del 01/09/15 que condenó a Rubén Antonio Pere como autor de ROBO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA ... y lo condenó a DIEZ AÑOS DE PRISIÓN.
¿Qué se resolvió?
Declárase desierto el Recurso de Casación articulado a fs. sub 1 por extemporaneidad en la fundamentación; costas a la parte recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que analizadas las constancias de autos se observa, que el término que prescribe el art. 430 del C.P. Crim., feneció sin que la defensa presentara los fundamentos del Recurso de Casación, lo que conlleva, ineludiblemente, al decaimiento del derecho dejado de usar y del Recurso.
En efecto, el recurrente se notificó de la Resolución que impugna, personalmente, con la interposición del Recurso de Casación, en fecha 17/09/15 y fundó el mismo en fecha 06/10/15, esto es, vencido el plazo de 10 días que establece el código de rito.
En consecuencia, se afirma que no se ha dado cumplimiento a un requisito insoslayable, que hace a la procedencia del Recurso de Casación y cuyo incumplimiento, determina la deserción del mismo."
Y del dispositivo final:
"SE RESUELVE: I) Declarar desierto el Recurso de Casación articulado a fs. sub 1 (17/09/15). II) Costas a la parte recurrente. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
(No hubo disidencia: los Dres. Corvalán y Cobo comparten el voto de la Sra. Presidente.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.