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Tribunal Superior

OFICIALES DE JUSTICIA PONEN EN CONOCIMIENTO - AÑO 2014.-

Oficial de justicia puso en conocimiento maniobras en diligenciamientos y se solicitó actuación. El Superior Tribunal ordenó el archivo de las actuaciones por antigüedad de los hechos, prescripción y porque el interesado se acogió a beneficios jubilatorios, conforme al dictamen del Procurador General.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
ADM 287/14
Oficial de justicia Archivo Prescripcion Presentacion Tribunal de etica Jubilacion Procurador general Actuaciones administrativas Maniobras en diligenciamientos San luis

¿Quién es el actor?

Oficial de Justicia Néstor Felipe Córdoba (presentación del Oficial de Justicia).

¿A quién se demanda?

No existe un demandado formal; la presentación pone en conocimiento hechos sobre la intervención de oficiales de justicia y maniobras de terceros; se menciona a Carlos Andrés Ravel como persona involucrada en los hechos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Puesta en conocimiento de supuestas maniobras y dudas sobre la intervención en diligenciamientos; solicitud implícita de investigación/actuación judicial sobre esos hechos.

¿Qué se resolvió?

Ordenar el archivo de las presentes actuaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que a fs. 5/6, el Sr. Oficial de Justicia, Néstor Felipe Córdoba pone en conocimiento de la Secretaría Judicial de este Superior Tribunal, que en fecha 31/10/2013 efectuó junto a sus compañeros oficiales de justicia, una presentación donde relató hechos que a su entender, ponían en duda su intervención como oficiales de justicia, por los hechos de engaño de parte de los autorizados a diligenciar el mandamiento de secuestro. Puntualiza dos situaciones en las que tuvo intervención y las pone en conocimiento, a efectos de que se conozcan las maniobras que se producen por quienes pretenden llevar a cabo medidas judiciales.

2) Que por actuación N° 9450247 de fecha 19/06/2018, contesta vista el Sr. Procurador General en los siguientes términos: “Que atento las constancias de autos, fecha de iniciación de las presentes (2/07/2.014), considero, salvo más elevado criterio de V.E., que en un todo de acuerdo con lo normado por el art. 33 del ACUERDO 854/17, ha operado la prescripción en éstos actuados.”

3) Que pasados autos a resolver, y advertido que los hechos referidos en la presentación y que motivaron estas actuaciones, son de antigua data, que el Sr. Carlos Andrés Ravel se acogió a los beneficios jubilatorios a principios del 2013, y que según surge de fs. sub 8, ha tomado intervención el Tribunal de Ética del Colegio de Abogados y Procuradores de San Luis, corresponde ordenar el archivo de las actuaciones.

Por ello, fundamentos dados y concordantemente con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Ordenar el archivo de las presentes actuaciones."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el bloque dispositivo final; la resolución está firmada por los tres Ministros sin diferencia de criterio.

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