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Tribunal Superior

BOYNES LEANDRO DAVID C/ HUGO FABIAN DUPLESSIS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS- RECURSO DE CASACION - REGULACION DE HONORARIOS.-

El Dr. Roberto Javier Pereira solicitó la regulación de honorarios por su actuación al interponer incidentes de caducidad en recursos de casación y de queja. El Superior Tribunal de Justicia reguló los honorarios en $11.130,20 por cada incidente de caducidad, más IVA si corresponde, con devengo de intereses según la tasa activa del BNA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 117033/98
Honorarios Regulacion Incidente de caducidad Recurso de casacion Recurso de queja Ley iv-0099-2004 Interes bna Ius Ejecucion de sentencia Superior tribunal de justicia san luis

¿Quién es el actor?

Dr. Roberto Javier Pereira (peticionante / abogado).

¿A quién se demanda?

No corresponde aplicación directa a una parte procesal; se trata de regulación de honorarios por actuación del peticionante en autos “BOYNES LEANDRO DAVID c/ HUGO FABIÁN DUPLESSIS s/ DAÑOS y PERJUICIOS”.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la labor cumplida en la máxima instancia (recursos de casación y de queja) y por los incidentes de caducidad interpuestos.

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios del Dr. Roberto Javier Pereira en la suma de PESOS: ONCE MIL CIENTO TREINTA CON VEINTE CENTAVOS ($11.130,20) por cada incidente de caducidad, más IVA si corresponde; las sumas devengarán interés conforme la tasa activa que publica el BNA desde la fecha de la planilla de liquidación hasta su pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que tratándose de un incidente de caducidad se debe aplicar el artículo 31 de la mencionada ley de honorarios vigente al momento de la realización de los trabajos profesionales. Se debe por lo tanto aplicar por cada incidente el 7,5% de lo regulado en primera instancia en pesos (fs. 647/648vta.) (sin tener en cuenta la conversión al Ius) dando como monto de honorarios de esta máxima instancia la suma de $ 11.130,20."

"Las sumas reguladas deberán ser ajustadas en la forma establecido en la regulación de primera instancia S.I. N° 321/15 (30/09/15), esto es devengará un interés desde la fecha de la planilla de liquidación del incidente de ejecución de sentencia y hasta el efectivo pago de los honorarios regulados aplicando la activa que publica el BNA."

"En base a ello, atento las pautas establecidas en la Ley de Aranceles Nº IV-0099-2004 y con fundamento en los arts. 5, 6, 8 y 31. En consecuencia, SE RESUELVE: I) Regular los honorarios profesionales del Dr. ROBERTO JAVIER PEREIRA, en la suma de PESOS: ONCE MIL CIENTO TREINTA, CON VEINTE CENTAVOS ($11.130,20), por cada incidente de caducidad, más IVA de corresponder. II) Las sumas reguladas devengarán un interés que se calculará aplicando la tasa activa que publica el BNA, desde la fecha de la planilla de liquidación del incidente de ejecución de sentencia y hasta su efectivo pago."

(Votación/signaturas: Resolución firmada digitalmente por los Dres. MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO.)

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