Incidente N° 3 - IMPUTADO: CANTEROS, FRANCISCO JACINTO s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA
Incidente de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5 por la causa Canteros, Francisco Jacinto s/incidente de competencia. La Cámara Federal de Casación Penal declaró competente al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 y ordenó remitir electrónicamente las actuaciones, acompañando la decisión al dictamen del Fiscal General.
¿Quién es el actor?
No surge actor tradicional; se trata de la contienda de competencia planteada en la causa "Canteros, Francisco Jacinto s/incidente de competencia".
¿A quién se demanda?
No aplica en sentido estrictamente procesal; la controversia fue entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 y el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 5.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de competencia sobre qué órgano jurisdiccional debe intervenir en las actuaciones.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 de esta ciudad para intervenir en las actuaciones; se ordenó registrarse, comunicarse y notificarse al Fiscal General, dar intervención al otro órgano jurisdiccional, y remitir electrónicamente las actuaciones al juzgado declarado competente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en razón de brevedad corresponde, en lo pertinente, la remisión a los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Fiscal General, que en lo sustancial se comparte."
"Por lo expuesto, el tribunal RESUELVE: Declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 de esta ciudad, para intervenir en las actuaciones. Regístrese, comuníquese, notifíquese al señor Fiscal General, hágase saber al otro órgano jurisdiccional interviniente en la contienda, y remítanse electrónicamente las actuaciones al declarado competente, sirviendo la presente de atenta nota de envío."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia; el acuerdo fue firmado por los tres jueces de la Sala II.
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