Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RODRIGUEZ, FACUNDO IGNACIO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737
Juicio oral por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización contra Facundo Ignacio Rodríguez y Gastón Manuel Mosquera. La Cámara Nacional Oral en lo Criminal Federal 8 rechazó los planteos de nulidad, absolvió a ambos imputados sin costas, declaró abstractos los demás planteos y ordenó el levantamiento de las medidas cautelares.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (intervinieron Dr. Marcelo Colombo como Fiscal General y auxiliares de la fiscalía ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal Nro. 8).
¿A quién se demanda?
FACUNDO IGNACIO RODRÍGUEZ y GASTÓN MANUEL MOSQUERA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se enjuiciaron por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en calidad de coautores (art. 5 inc. “C” de la Ley 23.737) en el marco de la causa 662 (CFP 17.149/2018/TO1).
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los planteos de nulidad formulados por las defensas; absolvió a Gastón Manuel Mosquera y a Facundo Ignacio Rodríguez del hecho que les fuera imputado, sin costas; declaró abstractos los demás planteos defensivos; levantó las medidas cautelares decretadas respecto de ambos y fijó la publicación de fundamentos para el 3/11/2026 a las 18:00.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ello y de conformidad con lo establecido por los arts. 396, 398, 399, 400, 401, 402 y 530 del Código Procesal Penal de la Nación, el tribunal RESUELVE: I.- RECHAZAR los planteos de nulidad formulados por las defensas (artículo 166 “a contrario sensu” y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)."
"II.- ABSOLVER a GASTÓN MANUEL MOSQUERA, de las demás condiciones obrantes en el encabezado, por el hecho que fue acusado, SIN COSTAS (artículos 3, 402, 530 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)."
"III.- ABSOLVER a FACUNDO IGNACIO RODRÍGUEZ, de las demás condiciones obrantes en el encabezado, por el hecho que fue acusado, SIN COSTAS (artículos 3, 402, 530 y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)."
"IV.- DECLARAR ABSTRACTO, como consecuencia de lo dispuesto en los puntos anteriores, los demás planteos de las defensas. V.- LEVANTAR las medidas cautelares oportunamente decretadas respecto de Gastón Manuel Mosquera y Facundo Ignacio Rodríguez. VI.- DISPONER la publicación de los fundamentos de la presente sentencia el día 3 de noviembre de 2026 a las 18:00 horas (artículo 400 del Código Procesal Penal de la Nación)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva ni en las firmas; la parte resolutiva es la decisión mayoritaria que prevalece.
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Leyes que cita
- Ley 23.737Modificacion al codigo penal
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