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Tribunal Superior

ALTURRIA HEBER DAVID C/ STOCCO GRACIELA TERESA Y OTRO S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - RECURSO DE CASACION-

El actor interpuso recurso de queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad en causa laboral por cobro de pesos y despido. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja por improcedente al no acreditar una crítica concreta y fundada del auto denegatorio y no rebatir los fundamentos de la Cámara.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 261698/13
Queja Denegacion de recurso Recurso de inconstitucionalidad Admisibilidad Despido arbitrario Enfermedad laboral Critica concreta Lct Procurador general Recurso denegado

¿Quién es el actor?

Alturria Heber David.

¿A quién se demanda?

Stocco Graciela Teresa y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo laboral — cobro de pesos por despido (se discutía despido arbitrario y aplicación de normativa sobre enfermedades/licencias).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de queja interpuesto por el actor por denegación del recurso de inconstitucionalidad; se consideró que la queja no cumple los requisitos de admisibilidad pues no rebate fundadamente el auto denegatorio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, no podemos pasar por alto que la queja es un instrumento para lograr la concesión de un recurso denegado , es decir que su objeto es sólo impugnar las decisiones que deniegan recursos , lo que involucra la exigencia de refutar lo argüido por la Excma. Cámara, para resolver la denegación y la consecuente exposición de una crítica eficaz de los considerandos en orden a demostrar la admisibilidad de la impugnación extraordinaria. Tal recaudo no ha sido cumplido en la postulación que sólo contiene una impugnación genérica desarrollada a modo de introducción, del auto denegatorio sin rebatir argumentalmente sus fundamentos."

"La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad debe contener una crítica concreta, desarrollada y fundada del auto denegatorio del recurso. La parte afectada debe hacerse cargo de las razones que motivaran la decisión denegatoria, más allá de su acierto o desacierto"

"Por ello, y conforme lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de queja.REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-"

(Fechas y actuaciones relevantes citadas en el fallo: presentación de la queja el 15/08/18 por ESCEXT Nº 9793092; sentencia definitiva N° 28 de fecha 28/03/18; auto interlocutorio N° 229 de fecha 31/07/18; dictamen del Sr. Procurador General de fecha 19/09/18, actuación N° 10023406.)

¿Cómo votaron los jueces?

La parte resolutiva final del tribunal es unánime en lo que aquí se dispone; la resolución final expresa: "Rechazar el recurso de queja." No se consignan votos en disidencia en el texto que integra la parte resolutiva.

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