PAIS MORENO JUAN PABLO Y OTRO c/ EN-M§ JUSTICIA-PFA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
Los actores reclamaron daños y perjuicios y se discutieron las regulaciones de honorarios. La Cámara confirmó las regulaciones de honorarios de los abogados Querol, Tello y Bustos en las etapas indicadas y redujo los honorarios de la perito psicóloga a $2.246.294,07 por criterios de proporción y eficacia en la labor pericial.
¿Quién es el actor?
PAIS MORENO JUAN PABLO y otro.
¿A quién se demanda?
EN-M§ JUSTICIA-PFA y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
juicio por daños y perjuicios; en la instancia de apelación se resuelven cuestiones relativas a la regulación de honorarios y de la pericia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó los honorarios regulados a favor de los doctores Norberto Osmar José Querol y Gustavo Leonardo Tello por la primera etapa, y los regulados a favor del doctor Aldo Rubén Bustos por la segunda y la tercera etapa; y redujo los honorarios regulados a favor de la perito psicóloga Florencia Vavassori a la suma de $2.246.294,07. Se aclaró que las regulaciones no incluyen IVA, que deberá adicionarse en su caso. Se dejó constancia de que el doctor Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación —por mayoría— en Fallos: 341:1063 y 345:220; ponderando lo establecido en los arts. 6º, 7º, 9º, 19, 37, 38 y ccdtes. de la ley 21.839, en los arts. 16, 19, 20, 21, 29 y ccdtes. de la ley 27.423 y en la Resol. SGA n.° 2622/26; y considerando la naturaleza del juicio, la trascendencia económica de la cuestión resuelta, su monto y la calidad y eficacia de las labores desarrolladas durante las tres etapas cumplidas ante la primera instancia, corresponde: (i) CONFIRMAR los honorarios regulados a favor de los doctores Norberto Osmar José Querol y Gustavo Leonardo Tello por su actuación durante la primera etapa, ... (ii) CONFIRMAR los honorarios regulados a favor del doctor Aldo Rubén Bustos por su actuación durante la tercera etapa del proceso, en la que ejerció la dirección letrada de la parte actora."
"Que, teniendo en cuenta la calidad y eficacia de la labor desarrollada, la importancia de la cuestión sobre la que debió expedirse la perito nombrada en autos y la adecuada proporción que deben guardar sus honorarios respecto de los fijados a los restantes profesionales que actuaron durante la sustanciación del proceso, corresponde REDUCIR a la suma de $2.246.294,07 los honorarios regulados a favor de la perito psicóloga Florencia Vavassori (art. 478 del CPCCN)."
"Se deja constancia que las regulaciones que anteceden no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales intervinientes frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."
¿Cómo votaron los jueces?
no se registran votos de disidencia en el texto; únicamente consta que el doctor Marcelo Daniel Duffy no suscribe por hallarse en uso de licencia.
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Leyes que cita
- Ley 21.839Aranceles y honorarios de abogados
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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