KODAK ARGENTINA S.A.I.C. C/ MUNICIPALIDAD DE JUSTO DARACT - DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA.
El Dr. Alberto Orlando Mariani solicitó la regulación de sus honorarios por la labor prestada en los autos KODAK ARGENTINA S.A.I.C. c/ MUNICIPALIDAD DE JUSTO DARACT. El Superior Tribunal de Justicia reguló los honorarios aplicando el art. 37 de la Ley de Aranceles Profesionales y fijó la suma de $4.889,23 por cada incidente, con intereses a la tasa activa del BNA desde la fecha de la planilla aprobada.
¿Quién es el actor?
Dr. ALBERTO ORLANDO MARIANI, solicitante de regulación de honorarios.
¿A quién se demanda?
Regulación ordenada en autos "KODAK ARGENTINA S.A.I.C. c/ MUNICIPALIDAD DE JUSTO DARACT" (expte. IURIX Nº 189432/10), en los que el profesional representó a la parte demandada (Municipalidad de Justo Daract).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios profesionales por la labor desarrollada en los incidentes del expediente.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la regulación y se fijaron honorarios en $4.889,23 por cada incidente; las sumas devengarán interés calculado con la tasa activa del BNA desde la fecha de la planilla aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde regular los honorarios del Dr. Mariani en las mencionadas actuaciones aplicando los porcentajes del art. 37 de la Ley de Aranceles Profesionales Nº IV-0910-2014. Realizadas las cuentas sobre el monto de planilla de pesos CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS CON TREINTA ($ 48.892,30.-), (ESCEXT de fecha 25/10/17) conforme S.I. Nº 126/16 (14/4/16), de fs. 491/492, corresponde aplicar el 10% sobre el mismo, resultando la suma de pesos CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTITRÉS CENTAVOS ($ 4.889,23-)."
"Por lo que, atento lo dispuesto en los arts. 5, 37 y 57, de la Ley de Aranceles Profesionales N°IV-0910-2014; SE RESUELVE: I) Regular los honorarios del Dr. ALBERTO ORLANDO MARIANI, por la labor desempeñada en la suma de pesos CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTITRÉS CENTAVOS ($ 4.889,23.-) por cada incidente. II) Las sumas reguladas devengarán un interés que se calculará aplicando la tasa activa que cobra el BNA, desde la fecha de la planilla aprobada en autos."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución se encuentra firmada digitalmente por los Sres. Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO; no se registra disidencia.
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