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Cámara de Apelaciones

CONARCO ALAMBRES Y SOLDADURAS SA (TF 38092-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Conarco Alambres y Soldaduras SA promovió recurso directo contra la DGA solicitando la regulación de honorarios por la representación letrada. La Cámara Contencioso Administrativo Federal —Sala IV— hizo lugar a la regulación y fijó los honorarios a favor de los Dres. Julio Carlos Lascano y Adrián Marcelo Míguez en $45.983.128,75 (425,75 UMA) y $114.641.907,3 (1.061,45 UMA), conforme lo dispuesto por la ley 27.423 y la resolución SGA 2622/2026.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 011368/2026/CA001
Recurso directo Honorarios Regulacion Uma Ley 27.423 Dga Resolucion sga 2622/2026 Impuesto al valor agregado Camara contencioso administrativo federal Art. 51

¿Quién es el actor?

CONARCO ALAMBRES Y SOLDADURAS SA.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales de la representación y dirección letrada por actuación ante la alzada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la regulación y fijó los honorarios de los doctores Julio Carlos Lascano y Adrián Marcelo Míguez en $45.983.128,75 (425,75 UMA) y $114.641.907,3 (1.061,45 UMA), respectivamente; ordenó que las regulaciones se cancelen conforme al artículo 51 de la ley 27.423 y aclaró que los montos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá adicionarse según la situación tributaria de los profesionales intervinientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 30 y demás ccdtes. de la ley n° 27.423, la trascendencia del asunto discutido y la entidad del trabajo cumplido ante esta alzada (v. contestación de traslado de la expresión de agravios y del recurso extraordinario, del 29/4/25 y 25/9/26, respectivamente), corresponde REGULAR en la suma de $45.983.128,75 —equivalentes a la cantidad de 425,75 UMA— y en la suma de $114.641.907,3 —equivalentes a la cantidad de 1.061,45 UMA—, respectivamente, los honorarios de los doctores Julio Carlos Lascano y Adrián Marcelo Míguez, quienes actuaron por la representación y dirección letrada de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 25, 29, inc. c y f, 30, 51 y 58, inc. b, y ccdtes. de la ley n° 27.423; y resolución SGA nº 2622/2026)."

"Se deja constancia que las regulaciones que anteceden deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley n° 27.423, y que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación de los profesionales intervinientes frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."

¿Cómo votaron los jueces?

Se consigna que "El Dr. Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 RJN)." (constancia administrativa, no altera la decisión).

Normas que cita

  • Ley 27.423arts. 16, 19, 20, 21, 22, 25, 29 inc. c y f, 30, 51, 58 inc. b · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución SGA Nº 2622/2026
  • RJNart. 109

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