ROMERO, MARIA CRISTINA C/ FERNANDEZ, RAUL NOEL Y OTRO S/ ACCION DE DESOCUPACION Y/O DESALOJO -RECURSO DE CASACION-
La actora promovió acción de desocupación y solicitó medida cautelar de desalojo anticipado sobre inmueble. El Superior Tribunal de Justicia casó la sentencia de cámara y, por mayoría, rechazó la medida cautelar de desalojo anticipado por falta de acreditación del peligro en la demora y ordenó la devolución del depósito.
¿Quién es el actor?
Herederos del comodante (actora).
¿A quién se demanda?
Raúl Fernández Romero y otro (demandados/ocupantes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de desocupación y/o desalojo; petición de medida cautelar de desalojo anticipado (actuación N° 5440747, de fecha 18/04/2016).
¿Qué se resolvió?
Por mayoría (votos de las Dras. Lilia A. Novillo, Néstor M. Milán y Silvia I. Aizpeolea) se hizo lugar al recurso de casación, se casó la sentencia recurrida y se rechazó la medida cautelar de desalojo anticipado; se ordenó además la devolución del depósito efectuado (actuación N° 8599105, de fecha 08/02/2018) y se impusieron las costas de segunda instancia a la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien es cierto que las decisiones recaídas en torno a medidas cautelares, por la provisionalidad de las mismas, no constituyen sentencias definitivas ni se asimilan a tales, ello no constituye un principio absoluto, pues es lícito apartarse del mismo si aquellas, por las circunstancias de hecho, pudiesen causar un gravamen o perjuicio de difícil, tardía o imposible reparación ulterior, afectándose con ello derechos constitucionales."
"En el caso, la medida que ordena el desalojo anticipado de quienes manifiestan permanencia desde hace más de veinticinco años, amerita soslayar el recaudo de definitividad, máxime si se avizora que la precautoria ordenada podría comprometer en lo inmediato el invocado derecho a la vivienda sobre el inmueble que los demandados reclaman como propio y se podría comprometer asimismo la situación de los menores que allí se domicilian..."
"Ahora bien, ... encuentro asidero a la impugnación del recurrente, pues el tribunal omitió considerar y ponderar el 'peligro en la demora' al conceder la cautelar en cuestión cuando ello era exigible, máxime si se tiene en cuenta que la detentación del inmueble por parte de los demandados es de larga data ... Tales circunstancias desaconsejan el adelantamiento del resultado pretendido por la actora; antes bien parecen imponer la prudencial medida de diferir la decisión al resultado del pleito."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Martha R. Corvalán (presidente) y el Dr. Carlos A. Cobo votaron por rechazar la procedencia formal del recurso y por negar el recurso de casación, proponiendo además la pérdida del depósito. La solución adoptada por el Tribunal surge del bloque dispositivo aprobado por mayoría (3 votos a favor de hacer lugar y 2 en contra).
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