JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

MORENO MARCO GUILLERMO - AV. DOBLE HOMICIDIO - RECURSO DE CASACION.-

Marco Guillermo Moreno interpuso Recurso Extraordinario Federal contra las sentencias del Superior Tribunal de Justicia que lo condenaron por doble homicidio, alegando violaciones constitucionales, nulidades procesales y falta de motivación. El Superior Tribunal de Justicia declaró inadmisible el recurso por falta de agravio federal suficiente, entendiendo que las cuestiones debatidas son de derecho penal común y no configuran arbitrariedad de la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
PEX 173273/15
Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Arbitrariedad Debido proceso Nulidad Detencion ilegal Motivacion Pruebas Penal Superior tribunal de justicia (san luis)

¿Quién es el actor?

Marco Guillermo Moreno, a través de su defensa técnica, recurrente del Recurso Extraordinario Federal.

¿A quién se demanda?

Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis (contra las sentencias STJSL-S.J. – S.D. Nº 087/18 y STJSL-S.J. – S.I. Nº 128/18).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Admisión y concesión del Recurso Extraordinario Federal por presuntas violaciones constitucionales (vulneración del debido proceso, derecho de defensa, principio de inocencia), nulidad de actuaciones (detención y actas de demora), falta de motivación de la sentencia, extemporaneidad de fundamentos, y pedido de aplicación de precedentes de la CSJN (Casal, Martínez Areco).

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el Recurso Extraordinario Federal interpuesto, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No cabe admitir recursos basados en cláusulas constitucionales, pero referentes a cuestiones no regidas de modo directo por normas federales, pues de tal modo se haría ilimitado el acceso a sus estrados, toda vez que no hay derecho que en definitiva no tenga su raíz y fundamento en la Constitución, aunque esté directa o indirectamente regido por el derecho común o local." (CSJN; Acuerdo para el Bicentenario vs. Provincia de Tucumán s. Amparo. 11/07/2017. Rubinzal Online; 4662/2015; RC J 4552/17, acceso 19/09/18).

"A mayor abundamiento, cabe recordar que la doctrina de la arbitrariedad de sentencias no tiene por finalidad abrir una nueva instancia ordinaria donde puedan discutirse cuestiones de hecho y prueba, ni la corrección de fallos equivocados o que se consideren tales, sino que sólo admite los supuestos de desaciertos u omisiones de gravedad extrema a causa de los cuales los pronunciamientos no pueden adquirir validez jurisdiccional (CSJN, Fallos: 323:3139, entre muchos otros)."

"En efecto, los planteos recursivos que ahora se reiteran, han sido debidamente analizados y resueltos por el Tribunal en la S.D. Nº 087 /18 mediante la cual se expusieron las razones que llevaron a rechazar el recurso, descartando la arbitrariedad del fallo."

Por tales razones y concordantemente con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, "SE RESUELVE: I) Declarar inadmisible el Recurso Extraordinario Federal interpuesto, con costas."

¿Cómo votaron los jueces?

La Resolución está firmada digitalmente por los Sres. Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO; el dispositivo final es el que decide y aparece unánime.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.