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Tribunal Superior

ESCOBAR LAURA ANALIA C/ PARRA JUAN GABRIEL Y OTRO S/ COBRO DE PESOS - LABORAL- RECURSO DE CASACION-

La actora interpuso recurso de queja contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en causa por cobro de pesos – laboral. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja por inexistencia de crítica concreta y razonada al auto denegatorio, confirmando la improcedencia de la vía por falta de refutación de los argumentos de la Cámara.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 288161/15
Queja Denegatoria Recurso de inconstitucionalidad Reapertura probatoria Critica razonada Admisibilidad Cobro de pesos Laboral Stj san luis Improcedencia

¿Quién es el actor?

ESCOBAR LAURA ANALIA (parte actora).

¿A quién se demanda?

PARRA JUAN GABRIEL y otro (causa caratulada “ESCOBAR LAURA ANALIA c/ PARRA JUAN GABRIEL y OTRO s/ COBRO DE PESOS - LABORAL RECURSO DE CASACIÓN”).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos (materia laboral) y, en sede recursal, la admisión de recurso extraordinario de inconstitucionalidad y la impugnación de la resolución que negó la reapertura probatoria en alzada.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de queja por falta de crítica eficaz y concreta del auto denegatorio que impide apreciar la admisibilidad del recurso extraordinario de inconstitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"…la queja es un instrumento para lograr la concesión de un recurso denegado, es decir que su objeto es sólo impugnar las decisiones que deniegan recursos, lo que involucra la exigencia de refutar lo argüido por la Excma. Cámara para resolver la denegación y la consecuente exposición de una crítica eficaz de los considerandos en orden a demostrar la admisibilidad de la impugnación extraordinaria" (cfr. entre otros: STJSL-S.J.–S.I. Nº 104/18, "ORTÍZ PEDRO ÁNGEL c/ DISAL S.A. s/ ENFERMEDAD – ACCIDENTE - RECURSO DE QUEJA" – IURIX EXP Nº 297751/16, sent. del 16/04/2018).

"En consecuencia, de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de queja. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

Observaciones sobre votos y mayorías: La resolución se encuentra firmada digitalmente por los Ministros CARLOS ALBERTO COBO, MARTHA RAQUEL CORVALÁN y LILIA ANA NOVILLO, y el bloque dispositivo final dispone el rechazo; no consta disidencia.

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